Sentencia de Tutela9 de julio de 2003
T-545 de 2003
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Luis Fernando Velasquez Mora Vs. Penitenciaria Nacional De Acacias
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Vida Salud E Integridad De Recluso. Solicitud Servicios Medicos Y Valoracion Para Practica De Cirugia De Hernia Inguinal Y Tratamiento En Ojo Derecho. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida Digna
- Alcance
Establecimiento Carcelario
- Atención médica adecuada, digna y oportuna de internos
Derecho A La Salud Del Interno
- Protección
Prevencion En Tutela
- Dilación injustificada de prestación del servicio de salud
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Acacías - Meta -.
- Segundo. Ordenar a la Oficina de Sanidad de la Penitenciaria Nacional de Acacías, Meta, que dentro de las cinco (5) días contados a partir de la notificación de este fallo, se realice al accionante la valoración general tendiente a la cirugía de hernia inguinal recomendada por el médico de la institución carcelaria e igualmente se proceda en el mismo término al inicio del tratamiento encaminado a la solución del problema del pterigio en el ojo derecho que afecta al accionante. La Oficina de Sanidad de la Penitenciaria Nacional de Acacías, Meta, no podrá dilatar la prestación de ninguno de los servicios médicos que requiere el accionante para que se lleve a cabo la cirugía de hernia inguinal y se solucione el problema del pterigio en el ojo derecho.
- Tercero. Líbrese por Secretaría General las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-521/01Derecho A La Vida Dignidad Humana Salud. Situacion De Indefencion. Retardo Injustificado En La Practica De Cirujia Por Su Condicion De Detenido. Obligacion Estatal De Mantener La Salud De Los Reclusos. Concedida.T-285/00Derecho A La Vida Digna Salud Integridad Seguridad Social Y A Ser Atendido Para Lograr Alivio. Desorden Administrativo En El Iss. No Se Realiza Cirugia Por Perdida De Documentos. Concedida.T-027/99Der. A La Salud Y A La Vida. Atencion Pronta Y Oportuna Por El I.S.S. A La Actora. Hecho Superado. Negada.T-606/98Obligacion Del Estado De Mantener La Salud De Los Reclusos. Necesidad De Un Sistema De Seguridad Social Que Los Ampare. Concedida.T-535/98Der. A La Salud. Der. A La Integridad Fisica. Atencion Medica De Interno. Hacinamiento Carcelario. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.