Micelio
Sentencia de Tutela9 de julio de 2003

T-542 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Wilson Diazgranados Perea Vs. Fiscalia 7 Seccional De Santa Marta

Tema · dato duro
Derecho De Peticion Y Habeas Data. Solicitud Expedicion Certificado Judicial. Registro Medida De Aseguramiento Antes De Proferir Sentencia Judicial. Informe Sobre Investigacion Adelantada Por El Delito De Extorsion. Actualizacion De Datos. Reseña Delictiv
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Caducidad Del Dato
  • Límite temporal
Derecho Al Buen Nombre
  • Vulneración por no actualización de información en el DAS
Certificado Judicial
  • Expedición
  • Finalidad
Habeas Data
  • Permanencia de dato errado en el DAS
Derecho Al Habeas Data
  • Alcance y contenido
Derecho De Petición
  • Núcleo esencial
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 24 de enero de 2003 por el Tribunal Superior de Santa Marta, y en su lugar CONCEDER la tutela a favor del señor Wilson Díazgranados Perea, respecto a su derecho fundamental de petición.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Fiscalía Séptima del Distrito de la ciudad de Santa Marta que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de este fallo, ponga en conocimiento del señor Wilson Díazgranados Perea, la orden de esta Corte de informarle sobre lo sucedido en la investigación que se adelantó en su contra por el delito de extorsión. Asimismo, ordenar a la Fiscalía Doce de Santa Marta que, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir del momento que tenga conocimiento de la presente sentencia, remita al Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, la información sobre la investigación que adelantó en contra del señor Wilson Díazgranados Perea por el delito de extorsión. Cumplido lo anterior, este Departamento procederá a expedirle al accionante el certificado judicial en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas.
  3. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.