Micelio
Sentencia de Tutela6 de agosto de 2009

T-535 de 2009

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante José Roosvelt Lugo Cárdenas·Demandado Ministerio De La Protección Social

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ilegalidad En Reformas De Estatutos Sindicales
  • Competencia de la jurisdicción laboral
Registro Sindical
  • Ministerio de la Protección Social no puede negar inscripción de reformas de estatutos sindicales
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, derecho de defensa, libertad sindical y libertad de asociación.

Solicita sea revocada la Resolución, por medio de la cual se ordena la inscripción del cambio parcial de la Junta Directiva de la organización sindical SINTRAEMCALI, de la cual era miembro.

La Asamblea General de Delegados decidió expulsar de la organización sindical a seis miembros directivos (entre los cuales se encontraba el accionante), cuyo mandato había sido revocado, por apoyar a uno de los candidatos a la alcaldía de Cali, sin consulta previa a la Asamblea.

La Sala no encuentra vulnerados los derechos del accionante, dado que durante el trámite administrativo tuvo oportunidad para actuar, no se demostró que se estuviera ante un perjuicio irremediable y por último carece de objeto la solicitud de tutela porque éste ya no tiene el carácter de miembro de la organización sindical.

Negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de fecha veintisiete (27) de enero de dos mil nueve (2009), en la acción de tutela impetrada por José Roosvelt Lugo Cárdenas contra el Ministerio de la Protección social.
  2. Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.