Micelio
Sentencia de Tutela10 de julio de 2006

T-524 de 2006

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Ernesto Guasiruma Niaza Gobernador Del Resguardo Indigena Niaza Nacequia Vs. Ministerio De Educacion Nacional Y Otras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carrera Docente
  • Ingreso por concurso de indígenas que laboran en escuelas indígenas o con población indígena
Derecho A La Educacion Y Derecho A La Identidad Cultural
  • Formación profesional de personal docente indígena
Personal Docente Indigena
  • Deben concursar para ingresar a carrera docente o de lo contrario permanecer en provisionalidad
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la igualdad la educacion la identidad cultural de sus hijos y de los niños y adolescentes estudiantes de su comunidad indigena por la exigencia del ministerio de educacion de someter a los docentes indigenas a los tramites de concurso y exigirle los requisitos establecido en el decreto 804 de 1995 para su nombramiento como docentes indigenas.

Solicita se ordene la excepcion de los docentes indigenas de los tramites y procedimientos para su vinculacion y nombramiento como tales.

Improcedencia de la tutela para cuestionar actos de carácter general impersonal y abstracto.

Reiteración de jurisprudencia.

Esta corporación en armonía con lo previsto en el artículo 6º del decreto 2591 de 1991 ha señalado que la acción de tutela no constituye el medio idóneo para controvertir actos de contenido general impersonal y abstracto pues para tal fin el ordenamiento ha diseñado otros mecanismos de control judicial lo cual se explica en la medida que esos actos demandan un análisis ponderado bajo la órbita de procesos con características especiales.

La petición de amparo se convierte en una controversia sobre la aplicación de normas de contenido general y por ende la acción de tutela es claramente improcedente.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el siete (7) de febrero de 2006 por el la Sala de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, por medio de la cual denego el amparo en la accion iniciada por el senor Ernesto Guasiruma Niaza, gobernador del Resguardo Indigena Niaza Nacequia, contra el Ministerio de Educacion Nacional y la Secretaria de Educacion Departamental del Valle del Cauca.
  2. Segundo. LIBRESE por secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.