Micelio
Sentencia de Tutela19 de septiembre de 1992

T-521 de 1992

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Gloria Barrios

Tema · dato duro
Debido Proceso Administrativo. Sustitucion Pensional. I.S.S. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Sexto. Superior de Cali (Valle) por las razones expuestas en esta Sentencia.
  3. SEGUNDO. CONCEDER la tutela a la Sr. GLORIA BEATRIZ BARROS DE ARMENTA en forma definitiva por la vulneracion al derecho constitucional fundamental al debido proceso consagrado en el articulo 29 de la Constitucion.
  4. Y mientras no se le desconozca su estatus de pensionada sustituta a traves de dicho debido proceso, mantendra este estatus con todos sus derechos y prerrogativas.
  5. TERCERO. PREVENIR al Gerente y a las directivas del Instituto de Seguros Sociales del Valle del Cauca, para que en ningun caso vuelvan a incurrir en la accion que dio merito para conceder la tutela, so pena de incurrir en las sanciones pertinentes.
  6. CUARTO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, ENVIAR copia de esta Sentencia a la Procuraduria Delegada para la Vigilancia Administrativa, para lo de su competencia.
  7. QUINTO. A traves de la Secretaria General ENVIAR copia de esta Sentencia al Juzgado
  8. Sexto. Superior de Cali, a la Direccion General del Instituto Colombiano de los Seguros Sociales, a la Regional del Instituto de Seguros Sociales del Valle del Cauca, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y al Defensor del Pueblo.
  9. SEXTO. COMISIONAR al Juzgado
  10. Sexto. Superior de Cali para que realice el seguimiento del cumplimiento de este fallo de la Corte Constitucional por parte del Instituto de Seguros Sociales e informe a esta Corporacion el resultado del mismo o su incumplimiento.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.