Micelio
Sentencia de Tutela8 de mayo de 2000

T-510 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Wilerma Mejia Eslava Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Personas De La Tercera Edad. Reintegro De Dineros Depositados En Banco Del Pacifico Para Sufragar Enfermedades. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
  • Reintegro sumas de dinero depositadas en certificado a término en cooperativa intervenida
Accion De Tutela Contra Entidad Bancaria
  • Procedencia por prestación de servicio público
Persona De La Tercera Edad
  • Trato constitucional preferente
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. Revocar las sentencias de tutela proferidas el diecinueve (19) de agosto de 1.999 por el Juzgado Doce de Familia de Santafe de Bogota y el cuatro (4) de octubre de 1999 por el Tribunal Superior de este mismo Distrito Judicial - Sala de Familia- para conceder la tutela invocada por la senora Wilerma Mejia Eslava contra el Banco del Pacifico S.A, en Liquidacion.
  4. Segundo. En consecuencia, Ordenar que, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia, el Banco del Pacifico S.A. en Liquidacion, reintegre a la senora Wilerma Mejia Eslava o a la persona que con el lleno de los requisitos legales la represente, los dineros depositados en la cuenta de ahorros numero 014041681 y ademas, con cargo al CDT 0090127, mientras dure el proceso liquidatorio, se le cancele a la misma durante los cinco primeros dias de cada periodo mensual y se le garantice, haciendo las provisiones del caso, el pago de una suma igual al salario minimo mensual vigente a tiempo de la solucion, sin perjuicio de que le sean reintegrados, en concurrencia con los demas acreedores y de conformidad con las normas legales que regulan los procesos liquidatorios, sumas adicionales imputables a su acreencia.
  5. Tercero. Confirmar el fallo proferido el nueve (9) de noviembre de 1999 por el Juzgado
  6. Sexto. Civil Municipal de Santiago de Cali, mediante el cual se nego el amparo solicitado por el senor Hector Antonio Morales Sanchez contra la Fiduciaria del Pacifico S.A, como administradora del Fondo Comun Especial Propiedad- en Liquidacion-.
  7. Cuarto. Librese por Secretaria, la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.