Sentencia de Tutela24 de agosto de 1992
T-509 de 1992
Ponente Simon Rodriguez Rodriguez
✓Demandante Jose Ivan Gomez
✓
Tema · dato duro
Derechos Fundamentales De Los Niños. Patria Potestad. Custodia De Los Hijos. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Titularidad
Accion De Tutela Contra Particulares
- Indefensión
5 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. Confirmar el fallo del Juzgado Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal (Risaralda), por medio del cual se negó la tutela ejercida por José Iván Gómez contra Alba Inés Villada.
- Segundo. La Defensoría de Familia de Dosquebradas, Centro Zonal No. 3 o al que corresponda, mantendrá la debida vigilancia sobre las menores Dora Luz y Jorge Iván a efecto de que en el futuro no corra peligro su integridad física o moral, pues, de lo contrario habrá de adoptar oportunamente las medidas que provean a corregir tal situación en desarrollo del principio del interés superior del menor.
- Tercero. Comuníquese a la Defensoría a que se refiere el numeral 2o. anterior, con entrega de copias de este fallo.
- Cuarto. Comuníquese al Juzgado Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal (Risaralda), la presente sentencia para que sea notificada a las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de l991, con entrega de copia de la misma.
- COMUNIQUESE Y
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por16
T-293/17Debido Proceso En Escenarios Laborales Con Baja Participacion De Las Mujeres.T-141/16Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Vinculadas Por Una Empresa De Servicios Temporales A Traves De Contrato Por Obra O Labor Contratada.T-077/14Tutela de 2014T-005/14Tutela de 2014T-649/13Tutela de 2013T-378/13Tutela de 2013
Ver las 16 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.