Sentencia de Tutela21 de agosto de 1992
T-500 de 1992
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante John Alexander Marin
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. Presuncion De Inocencia. Negado Cupo Por Indisciplina. Idem(Medellin).Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
4 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (16 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCAR la sentencia del 27 de marzo de 1992, proferida por el Juez
- Décimo.
- Primero. Penal del Circuito de Medellín, por medio de la cual se había revocado la pronunciada el 27 de febrero de 1992 por el Juez Trigésimo
- Primero. Penal Municipal de esa ciudad en relación con la tutela solicitada por JOHAN ALEXANDER MARIN RODRIGUEZ, OMAR DE JESUS HEREDIA, ELKIN DE JESUS BURITICA, DIEGO ALONSO ESCOBAR, ITALI FLOREZ, GERARDO LEON GARCES, BAYRON ELKIN HOYOS, RUBEN DARIO TOBON y JORGE OCTAVIO LOAIZA OSPINA.
- Segundo. CONCEDER la protección impetrada por los estudiantes mencionados, ordenando al Rector del IDEM Instituto José María Bravo Márquez de Medellín:
- a) Iniciar, a más tardar dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, el proceso disciplinario contra dichos alumnos por las faltas que supuestamente dieron origen a negarles la matrícula para el
- sexto. año de Bachillerato, otorgándoles el derecho de defensa y la plenitud de las garantías del debido proceso y aplicando de manera estricta las normas vigentes para los colegios departamentales de Antioquia y las dispuestas en el Reglamento Interno del Plantel.
- b) Matricular a los nombrados estudiantes para el
- sexto. año de Bachillerato y permitirles el normal acceso a las clases mientras se adelanta el proceso.
- Tercero. El Juez Trigésimo
- Primero. Penal Municipal verificará el cabal cumplimiento de lo dispuesto en este fallo, de conformidad con las normas previstas en los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. El Juez Trigésimo
- Primero. Penal Municipal comunicará esta sentencia al Secretario de Educación de Antioquia para los efectos administrativos a que haya lugar.
- Quinto. Por la Secretaría envíese la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los fines en él señalados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por16
T-453/24Derechos Al Habeas Data Y Al Debido Proceso Entre Particulares-Controversias Entre Plataformas De Servicios Electrónicos O Redes Sociales Y Usuarios (Bloqueo De Cuenta En Tikto)T-232/23Derecho A La Igualdad Y No Discriminación, Debido Proceso Disciplinario Y Educación Superior Inclusiva-Vulneración Por No Tener En Cuenta Las Condiciones De Salud Del Estudiante. Falta De Enfoque Social De Discapacidad En Proceso Administrativo Disciplinario.T-076/23Derecho A La Educación Y Continuidad En La Formación Académica-Vulneración Del Debido Proceso En Actuación Disciplinaria. Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado.C-354/22Sanciones Aplicables A Faltas A La Ética Odontológica. Autoridad Competente Para Imponerlas.T-351/21Interés Superior Del Menor De Edad En Escenarios De Presunta Violencia SexualT-240/18Debido Proceso En Los Procedimientos Disciplinarios En Instituciones Educativas.
Ver las 16 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.