Sentencia de Tutela8 de octubre de 1997
T-499 de 1997
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Ruben Castaño Villegas Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Pago De Cesantias Parciales. Indexacion. Empleados De La Rama Judicial. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Indexacion De Cesantias Parciales
- Trabajadores de la Rama Judicial
Derecho A La Igualdad
- Discriminación entre empleados judiciales por régimen de cesantías parciales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (113 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia, salas Laboral y Penal; el Consejo de Estado, secciones 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ª; el Tribunal Superior de Neiva, Sala Penal; el Tribunal Superior de Cali, Sala Civil; el Tribunal Superior de Bogotá, salas Civil y Laboral; el Tribunal Superior de Medellín, salas Laboral y Especial de Decisión; el Tribunal Superior de Popayán; el Tribunal Superior de Manizales, Sala Penal; los juzgados 19 y 31 Civiles del Circuito de Bogotá, al resolver sobre las acciones de tutela radicadas bajo los siguientes números y correspondientes a los accionantes que se indican a continuación:
- T-117920 Miranda Bolaños Luz Pastora
- T-136664 Quintero Charry Aurelio
- T-136684 Vallejo Rivadeneira Edgar Bernardo
- T-137095 Puerto Medina Gustavo
- T-137398 Prado Bermudez Cecilia
- T-137408 Narvaéz Muñoz Rafael
- T-137411 Bravo Rosas Jorge
- T-138018 Narváez Posso Zoila María
- T-138021 Valencia Morales Oscar
- T-138026 Valle Gallego Alba Marina
- T-138031 Machado Hernández Lilia Guadalupe
- T-138202 Sánchez Rommel Alfredo
- T-138208 Díaz Vega Tacio Antonio
- T-138720 Manjarrés Martínez Martha y Morón María Luisa
- T-138815 Rojas Mora Ana Cecilia
- T-139237 Castaño Arias Luz Myriam
- T-139625 González de Tamayo Gladys
- T-139650 Daza Eslava Julio Vicente
- T-140015 Rojas Urrego Manuel Alejandro
- T-140578 Henao Correa César Hugo
- T-140608 Castro Peña José Ignacio
- T-140716 Sánchez Joyas Rommel Alfredo
- T-140740 Vega Bautista Luis Alfonso
- T-140741 Cely Altuzarra Flor Amelia
- T-141013 Lesmes Javier
- T-141333 Robayo Mendoza Alfonso
- T-141503 Zapata Patiño Sergio
- T-141803 Novoa Arévalo Blanca Flor
- T-141973 Escobar Alvarez Alba Luz
- T-142766 Zuluaga Zuluaga Blanca Luz
- T-142834 Ramírez Giraldo Amado Antonio
- T-142853 Manrique de Vargas Alcira
- T-142910 García Rengifo Luz Mila
- Segundo. CONFIRMAR PARCIALMENTE los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia, salas Laboral y Civil y Agraria; el Consejo de Estado, Sección 3ª; el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, Sala Penal; el Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá; el Juzgado 1 Civil del Circuito de Cali; el Juzgado 32 Civil Municipal de Bogotá, en cuanto protegieron el derecho de petición de los accionantes a los cuales se refieren los siguientes expedientes:
- T-117923 Martínez Rey Camilo
- T-136567 Gutiérrez Mojica Germán
- T-137 588 Prieto de Jaramillo Aracely
- T-137 649 Herrera López Jaime
- T-137 663 Colmenares Díaz Clara Inés
- T-137094 Silva Rincón Emiliano Hernán
- T-138605 Orobio Chaves María Hayde
- T-139827 Guevara Unigarro Mercedes Del Carmen
- Tercero. En relación con todos los expedientes citados en los ordinales 1º y 2º, CONCEDENSE las tutelas solicitadas por violación del derecho a la igualdad y en consecuencia, ordénase al Ministro de Hacienda y Crédito Público que, a más tardar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, proceda a situar, si ya no lo hubiere hecho, los fondos indispensables para el pago de cesantías parciales solicitadas por los accionantes junto con su correspondiente indexación, siempre que hubiere apropiación presupuestal suficiente.
- Si no hubiere apropiación presupuestal, las cuarenta y ocho (48) horas en mención se conceden para que el Ministro de Hacienda inicie los trámites indispensables con miras a efectuar las pertinentes adiciones presupuestales.
- Cuarto. ORDENASE a la Dirección Nacional de Administración Judicial y a las respectivas seccionales, que, a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes al momento en que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público sitúe los fondos respectivos, procedan, si ya no lo hubieren hecho, al pago de las cesantías parciales que se adeudan a los accionantes, indexando las sumas debidas, tal como lo dispuso la sentencia SU-400 del 28 de agosto de 1997, proferida por la Sala Plena de esta Corte.
- Quinto. CONFIRMAR los fallos proferidos por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, salas Civil y Penal; el Tribunal Superior de Medellín, salas Laboral y Civil; el Tribunal Superior de Villavicencio; el Tribunal Superior de Cali, Sala Penal; el Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Agraria, los juzgados 1, 2, 3, 6, 9, 11, 12 y 13 Civiles del Circuito de Medellín; el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Medellín; los juzgados 9 y 24 Penales del Circuito de Medellín; los juzgados 1, 5, 7, 8 y 10 Civiles del Circuito de Cali; el Juzgado 52 Penal Municipal de Bogotá; el Juzgado Civil Municipal de Urrao (Antioquia) y el Juzgado Civil Municipal de Caldas (Antioquia) al resolver sobre las acciones de tutela correspondientes a los siguientes expedientes, en el entendido de que se reconocerá lo correspondiente a la indexación:
- T-137023 Castaño Villegas Rubén
- T-137022 González Marín Jairo de Jesús
- T-136604 Pérez Montoya Carlos Gerardo
- T-136637 Posada Cadavid Guillermo
- T-136636 Protto Marta Cecilia
- T-136924 Sánchez Román Alonso
- T-137461 Sánchez de Barragán Teresa de Jesús
- T-137488 Montoya Giraldo Rosa Angélica
- T-137524 Caro Escobar César Augusto
- T-137 622 Acevedo Suárez John
- T-138040 Meza Mejía Rodrigo
- T-138081 Gutiérrez Guerra José Gilmar
- T-138118 Gómez Vargas Flaminio
- T-138126 González Rios Humberto
- T-138128 Jaramillo Mira Fernando de Jesús
- T-138155 Olarte Casas Claudina
- T-138167 Benítez Baena María Teresa
- T-138165 Jiménez Durango Jorge Enrique
- T-138588 Córdoba Gómez Rodrigo de Jesús
- T-138466 Cárcamo Vélez Pedro Julio y Palacio Londoño Beatriz Helena
- T-138267 Vanegas Trujillo María Victoria
- T-138266 Monsalve Villa María Amparo
- T-138218 Mora Torres Ligia
- T-138647 Robledo Vera Lia
- T-138649 Saldarriaga Ortiz Carlos Alberto
- T-138864 Giraldo Vargas Diego Alberto
- T-138883 Aristizabal Martínez Francisco Javier
- T-138885 Gómez Ramírez Jesús Guillermo
- T-139004 Lenis Valencia María Amparo
- T-139873 Ortiz Bedoya Marta Nury
- T-139305 Beltrán de Sierra Isabel
- T-139935 Soto Herrera Carlos Armando
- T-139307 Baquero Baquero Reynaldo
- T-139394 Méndez Blanca Lucía
- T-139566 Zapata Palacio Antonio María
- T-139567 Gil Botero Bertha Luz
- T-139589 Olano Asuad Diana Inés
- T-139590 Sánchez Ramírez Walter Darío
- T-140643 Martínez Echeverri Jorge Humberto
- T-140029 Cortés Rodríguez Jesús Humberto
- T-140538 Martínez Lara Alfonso
- T-140786 Hernández Oviedo María Eulalia
- T-140645 Barón Pineda Javier
- T-140175 Castro Peña Elvira
- T-140742 Nadjar de Salas Leila
- T-141356 Marín Orlando de Jesús
- T-141307 Piedrahíta Hincapié María Cecilia
- T-141305 Orozco Botero Rocío del Socorro
- T-141830 Aguinaga Alcaraz Samuel Enrique
- T-142232 Giraldo Hurtado Gabriel
- T-142619 Naranjo Valencia Rodrigo Alfonso
- T-142455 Saavedra Benítez Flavio
- Sexto. DESACUMULANSE los siguientes expedientes, que serán objeto de fallos individuales, dada su diversidad fáctica y en cuanto se dirigen contra autoridades distintas:
- T-115422 T-125665
- T-122705 T-126131
- T-114939 T-117867
- T-115042 T-115412
- T-105526 T-117841
- T-122212 T-117686
- T-115446 T-117350
- T-117820 T-115043
- T-117776 T-131874
- T-115096 T-119752
- T-125374 T-116459
- T-128933 T-114952
- Séptimo. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por31
T-120/15Tutela de 2015T-560/12Tutela de 2012T-777/08Tutela de 2008T-288/01Derecho A La Igualdad De Funcionarios De La Rama Judicial. Pago De Acreencias Laborales. Cesantias Parciales E Indexacion. Permanencia Bajo El Antiguo Regimen De Cesantias. Negada.T-816/00Derecho A La Igualdad Y Vivienda Digna. Pago De Acreencias Laborales. Cesantias Parciales. Emcali. Negada.T-681/00Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago De Cesantias Parciales. Negada Parcialmente.
Ver las 31 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.