Sentencia de Tutela20 de septiembre de 1996
T-456 de 1996
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Ana Rita Rojas Guayacan
✓
Tema · dato duro
Der. De Peticion. Tiempo Para Resolver Solicitud De Reconocimiento De Pension De Jubilacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Término para resolver
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida dentro del expediente T-98.977, por el Juzgado 69 Penal Municipal de Santafé de Bogotá, y en consecuencia CONCEDER la tutela del derecho de petición de la señora Ana Rita Rojas Guayacán, ordenando a la Gobernadora de Cundinarmarca y a la Directora del Departamento Administrativo de la Función y Gestión Públicas, que en un término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la comunicación de esta providencia, den respuesta a las peticiones formuladas por la actora.
- Segundo. COMUNICAR a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, el contenido de la sentencia al Juzgado 69 Penal Municipal de Santafé de Bogotá, a la Gobernadora de Cundinarmarca y, a la Directora del Departamento Administrativo de la Función y Gestión Públicas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-204/96Der. De Peticion. Tiempo Para Resolver La Solicitud. Reconocimiento De Pension De Jubilacion. Concedida.T-076/95Der. De Peticion. Reconocimiento De Pension De Invalidez. Concedida.T-399/94Der. De Peticion. Silencio Admnistrativo. Reliquidacion De Pension. Concedida.T-137/94Contrato Educativo. Der. A La Educacion. Reglamento Educativo. Universidad Gran Colombia. Negada.T-124/93Derecho De Peticion. Pension Por Enfermedad Profesional. Concedida.T-495/92Derecho De Peticion. Aduana. Mercancia Retenida. Concedida.
Citada por16
T-1234/08Tutela de 2008T-1004/02Derecho De Peticion Vida Salud Y Minimo Vital. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Llamado A Prevencion. Concedida.T-999/01Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago De La Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Emision Del Bono Pensional. Iss. Concedida.T-887/01Derecho A La Pension De Jubilacion. Los Trabajadores Que Han Adquirido El Derecho No Deben Soportar La Desidia Administrativa Para Retardar A Sus Trabajadores El Goce Pensional. Concedida.T-518/01Derecho De Peticion. Liquidacion Y Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. Solicitud Del Accionante A Comprobantes De Pago Relacionado Con Sus Derechos Salariales Y Contrato De Trabajo Para Demostrar El Porque No Pago Oportunamente Sus Mesadas Pensionales.T-463/01Derecho De Peticion. Solicitud De Informacion A La Accionada. Existencia De Otro Mecanismo Para La Obtencion De Informacion No Es Obice Para Contestar Derecho De Peticion. Concedida.
Ver las 16 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.