Micelio
Sentencia de Tutela3 de julio de 2014

T-436 de 2014

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Juliana Morad Acero Y Otros·Demandado Secretaria Distrital De Medio Ambiente De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Consideran los actores que la Secretaría de Ambiente de Bogotá vulneró su derecho fundamental a la dignidad humana, al retornar, acatando la orden de un juez, la leona llamada “Nala”, al Circo Nacional los Muchachos.

Se reitera jurisprudencia relacionada con el contenido y alcance del deber de protección animal y se concluye que, los accionantes, en su intención de proteger la integridad física del precitado animal, no lograron demostrar que su regreso al circo, del que inicialmente fue decomisada, afectara su derecho fundamental a la dignidad humana, como tampoco, que tal afectación proviniera de la secretaría accionada.

Pese a lo anterior, la Sala exhortó a la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá para que, en razón a su función de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de protección ambiental, dentro del plazo de dos años que el artículo 3º de la Ley 1638 de 2013 otorga a los circos para adecuar sus espectáculos sin el uso de especies silvestres o exóticas, vigile permanentemente que la leona Nala no sea objeto de malos tratos o se encuentre en condiciones hostiles que atenten contra su vida e integridad física.

Así mismo, vencido este plazo, verifique que efectivamente se dejen de usar esta clase de animales en los espectáculos circenses en todo en territorio nacional, en cumplimiento de la citada norma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 17 de enero de 2014 por el Juzgado 5o Civil del Circuito de Bogota, dentro de la accion de tutela promovida por la ciudadana Juliana Morad Acero y otros, contra la Secretaria Distrital de Ambiente de Bogota, pero por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. EXHORTAR a la Secretaria Distrital de Medio Ambiente de Bogota para que, en razon a su funcion de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de proteccion ambiental, dentro del plazo de dos anos que el articulo 3o de la Ley 1638 de 2013 otorga a los circos para adecuar sus espectaculos sin el uso de especies silvestres o exoticas, vigile permanentemente que la leona Nala no sea objeto de malos tratos o se encuentre en condiciones hostiles que atenten contra su vida e integridad fisica. Asimismo, vencido este plazo, verifique que efectivamente se dejen de usar esta clase de animales en los espectaculos circenses en todo el territorio nacional, en cumplimiento de la citada norma.
  3. TERCERO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.