Sentencia de Tutela9 de junio de 1999
T-416 de 1999
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Gustavo Adolfo Pulgarin Perez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. A La Salud Y A La Vida. Der. A La Seguridad Social. No Atencion De Enfermedades Catastroficas Por No Cumplir Periodos De Cotizacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida Digna
- No suministro de tratamientos y medicamentos de alto costo
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
Enfermedades Catastroficas O Ruinosas
- Periodos mínimos de cotización
Subcuenta Del Fondo De Solidaridad Y Garantia Del Sistema General De Seguridad Social En Salud
- Reclamo por sobrecostos de tratamiento excluido del POS
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín el 26 de marzo de 1999, por medio de la cual se confirmó la providencia adoptada por el Juez
- Cuarto. Laboral del Circuito de Medellín que denegó la acción de tutela entablada por Gustavo Adolfo Pulgarín Pérez en contra de SALUDCOOP.
- Segundo. INAPLICAR en el caso concreto por su contradicción con los derechos constitucionales fundamentales a la vida, integridad física y salud de Gustavo Adolfo Pulgarín Pérez, los artículos 26 del Decreto 1938 de 1994 y 61 del Decreto 806 de 1998.
- Tercero. TUTELAR los derechos a la vida, a la integridad física y a la salud del demandante y, en consecuencia, ordenar a la Entidad Promotora de Salud, SALUDCOOP, suministrar por su cuenta al afiliado Pulgarín Pérez, en el improrrogable término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, la atención médica, hospitalaria, suministro de medicamentos, exámenes de laboratorio, incapacidades y los demás que requiera para el tratamiento de la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica Terminal que padece, entre ellos, las terapias de reemplazo renal y las sesiones de hemodiálisis, sin exigir el mínimo de semanas cotizadas de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de esta sentencia.
- Cuarto. SALUDCOOP, E.P.S, puede de conformidad con la ley, repetir los sobrecostos en que incurra al cumplir esta orden de tutela, en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social Integral en Salud, subcuenta de enfermedades catastróficas o ruinosas.
- Quinto. No acceder a la condena en costas solicitada por el demandante señor Gustavo Adolfo Pulgarín Pérez.
- Sexto. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Santa Marta, el 26 de marzo de 1999, por medio de la cual se negó la acción de tutela entablada por Blas de Jesus Cantillo Eguis, en nombre de su señora madre Emilia Eguis Acosta en contra del Instituto de Seguros Sociales, Seccional Magdalena.
- Séptimo. INAPLICAR en el caso concreto por su contradicción con los derechos constitucionales fundamentales a la vida, integridad física y salud de Emilia Eguis Acosta, los artículos 26 del Decreto 1938 de 1994 y 61 del Decreto 806 de 1998.
- Octavo. TUTELAR los derechos a la vida, a la integridad física y a la salud de la señora Emilia Eguis Acosta, y en consecuencia, ordenar al Instituto de Seguros Sociales, Seccional Magdalena, suministrarle por su cuenta, en el improrrogable término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, la atención médica, hospitalaria, de drogas, exámenes de laboratorio, y los demás que requiera para el tratamiento de la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica Terminal Secundaria a nefropatía diabética que padece, entre ellos, las sesiones de hemodiálisis sin exigirle el mínimo de semanas cotizadas.
- Noveno. El Seguro Social, E.P.S. puede de conformidad con la ley, repetir los sobrecostos en que incurra cumpliendo esta orden de tutela en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social Integral en Salud, subcuenta de enfermedades catastróficas o ruinosas.
- Décimo. Por Secretaría líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-328/98Der. A La Vida Y A La Salud. Suministro De Medicamentos Por E.P.S. A Enfermo De Sida Que No Habia Cumplido Las 100 Semanas De Cotizacion. Concedida.T-236/98Der. A La Vida Y A La Salud. No Practica De Cirugia Del Oido Por Cafesalud. Repeticion Contra Cafesalud. Enfermedad Congenita. Concedida.T-640/97Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Menor Que Requiere Suministro De Silla De Ruedas Por El I.S.S. Concedida.T-639/97Der. A La Vida. Construccion De Edificio Que Causa Daños A Edificio Aledaño. Concedida.SU.480/97Der. A La Salud Y A La Vida. Relacion Estado E.P.S.. Continuidad En Servicio De Salud. Suministro De Medicamentos. Sida. Concedida Parcialmente.SU.111/97Der. A La Vida Y A La Salud. Nulidad De Acto Adtivo De Suspension De Servicio Medico Por Cajanal. Medio De Defensa Judicial. Negada.
Ver las 8 →Citada por5
T-462A/06Tutela de 2006A. 302/06Solicitud De Nulidad Contra La Sentencia T-637 De Agosto 8 De 2006, Aduciendo Cambio Del Criterio De Interpretacion Y La Posicion Jurisprudencial Trazada Por La Corte Constitucional, Al Igual Que La Procedencia De La Tutela Contra Providencias Judiciales. Requisitos De Oportunidad Y Legitimacion Para Interponer La Solicitud De Nulidad. La Nulidad De Las Sentencias Proferidas Por Las Salas De Revision De Tutelas Es Excepcional. La Sala De Revision No Vulnero La Linea Jurisprudencial Sobre La Procedencia Subsidiaria De La Accion De Tutela NegadaT-837/04Derecho A La Salud De Afiliado Por La Negativa De La Entidad A Practicarle Intevencion Quirurgica Programada Que Requiere Con Urgencia Como Consecuencia De La Desafiliacion Por Terminación De La Relacion Laboral. Solicita Se Ordene La Practica De La CirugT-1668/00Derecho A La Vida Y Salud. Solicitud De Intervencion Quirurgica. Tratamiento De Alto Costo. Concedida.T-978/99Tutela Contra Sentencias Seccion 5ª Consejo De Estado. Nulidad Eleccion De Gobernador Del Choco.Via De Hecho. Debido Proceso. Der Defensa. Perdida Investidura De Gobernador. Inclusion De Votos Municipio Alto Baudo. Ordena Investigacion Procuraduria Fiscal
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.