Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 1999

T-978 de 1999

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Luis Gilberto Murillo Urrutia

Tema · dato duro
Tutela Contra Sentencias Seccion 5ª Consejo De Estado. Nulidad Eleccion De Gobernador Del Choco.Via De Hecho. Debido Proceso. Der Defensa. Perdida Investidura De Gobernador. Inclusion De Votos Municipio Alto Baudo. Ordena Investigacion Procuraduria Fiscal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Electoral
  • Aplicación en interpretación de normas sobre remisión por competencia
Derecho De Defensa
  • Situación de indefensión
  • Alcance
Investigacion Penal Y Disciplinaria
  • Divulgación de "proyecto de fallo"
Proceso Electoral
  • Falta de atención del interesado
Via De Hecho
  • Clases de defectos en la actuación
  • Inexistencia por interpretación exegética
  • No la constituye discrepancias razonables de interpretación
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias objeto de revisión, proferidas por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura el 25 de enero de 1999 y por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 18 de febrero de 1999.
  2. SEGUNDO. REMÍTASE a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, lo indicado en la parte motiva de esta sentencia, para lo que estimen pertinente.
  3. TERCERO. Por la Presidencia de la Corporación se tomarán las medidas adecuadas para la investigación indicada en la parte motiva de este fallo.
  4. CUARTO. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.