Micelio
Sentencia de Tutela29 de septiembre de 1993

T-413 de 1993

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Marceliano Corrales

Tema · dato duro
Derecho A La Intimidad. Derecho A La Honra. Derecho Al Buen Nombre. Violacion De Reserva De Historia Clinica. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. Confirmar la Sentencia del Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota, D.C., Sala Penal, fechada el once (11) de mayo del presente ano y tutelar los derechos a la intimidad personal, al buen nombre, a la honra y al debido proceso del ciudadano Marceliano Rafael Corrales Larrarte, segun las consideraciones de la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. Ordenar al Ministerio de la Defensa Nacional y al Comando de la Armada Nacional, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicacion de este fallo, procedan a ordenar que se retiren todas las copias de las evaluaciones sicologica y siquiatrica del senor Capitan de Corbeta (r) Marceliano Rafael Corrales Larrarte, que no hubieran sido ordenadas por autoridad judicial competente y se hallen en alguno de los archivos o bancos de datos a su cargo.
  3. TERCERO. Remitir copias del presente expediente a la Procuraduria Delegada para las Fuerzas Militares y al Tribunal Nacional de Etica Medica, para que investiguen lo de su competencia en la violacion de la historia clinica del actor.
  4. CUARTO. Comunicar, a traves de la Secretaria General de la Corte, la presente providencia al Juzgado Sesenta y Seis Penal del Circuito de este Distrito Capital, para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.