Sentencia de Tutela29 de septiembre de 1993
T-413 de 1993
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Marceliano Corrales
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Intimidad. Derecho A La Honra. Derecho Al Buen Nombre. Violacion De Reserva De Historia Clinica. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Buen Nombre
- Vulneración
5 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Confirmar la Sentencia del Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota, D.C., Sala Penal, fechada el once (11) de mayo del presente ano y tutelar los derechos a la intimidad personal, al buen nombre, a la honra y al debido proceso del ciudadano Marceliano Rafael Corrales Larrarte, segun las consideraciones de la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. Ordenar al Ministerio de la Defensa Nacional y al Comando de la Armada Nacional, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comunicacion de este fallo, procedan a ordenar que se retiren todas las copias de las evaluaciones sicologica y siquiatrica del senor Capitan de Corbeta (r) Marceliano Rafael Corrales Larrarte, que no hubieran sido ordenadas por autoridad judicial competente y se hallen en alguno de los archivos o bancos de datos a su cargo.
- TERCERO. Remitir copias del presente expediente a la Procuraduria Delegada para las Fuerzas Militares y al Tribunal Nacional de Etica Medica, para que investiguen lo de su competencia en la violacion de la historia clinica del actor.
- CUARTO. Comunicar, a traves de la Secretaria General de la Corte, la presente providencia al Juzgado Sesenta y Seis Penal del Circuito de este Distrito Capital, para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por24
T-402/24Derechos A La Intimidad, A La Reserva De La Historia Clínica (Confidencialidad Y Privacidad De Datos Sensibles), A La Salud Sexual Y Autodeterminación Reproductiva-Interferencia Indebida En El Marco De Una Interrupción Voluntaria Del Embarazo.T-153/24Derecho A La Salud Y Seguridad Social En El Régimen De Las Fuerzas Militares-Confidencialidad De La Historia Clínica Y Escenarios De Discriminación (Continuidad En La Atención Médica Con Especialista, Tras Finalizar Servicio Militar Y Divulgación De Diagnóstico Médico).T-265/20Debido Proceso Disciplinario A Estudiante De Medicina, Quien Fue Sancionado Por Actos De Acoso Estudiantil, Discriminacion Y Vulneracion De La Intimidad Al Revelar Datos Contenidos En Historia Clinica De Un Compañero De FacultadT-528/16Historia Clinica. Importancia. Caducidad De La Accion De Reparacion Directa.T-800/09Tutela de 2009T-772/09Tutela de 2009
Ver las 24 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.