T-401 de 2012
Ponente Adriana María Guillén Arango
✓Demandante Clovis Barrios De Chico·Demandado Corte Suprema De Justicia Sala Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales de procedibilidad
- Agotamiento de todos los medios de defensa judicial
- Identificación de hechos y derechos vulnerados y presentación en el proceso judicial
- Injerencia de irregularidad procesal
- Requisito de inmediatez y agotamiento de recursos ordinarios
- Requisitos especiales de procedibilidad
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
- Negar por cuanto providencia estudió valor probatorio de partida de bautismo según normatividad sobre tarifa legal para probar estado civil de hijo extramatrimo
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Tutela contra providencia judicial.
La peticionaria solicita que se protejan los derechos fundamentales que fueron conculcados en virtud de la providencia proferida por la Corte Suprema de Justicia, toda vez que incurrió en defecto fáctico y sustantivo al considerar que la partida de bautismo que no haya sido firmada por el padre del hijo extramatrimonial no constituye plena prueba de la paternidad.
A juicio de la actora, el operador jurídico cometió una vía de hecho al desconocer que con las partidas eclesiásticas que expedían los respectivos curas párrocos de las iglesias, se acreditaba el estado civil de los hijos extramatrimoniales nacidos antes de entrar en vigencia la Ley 92 de 1938.
Luego de estudiar el problema jurídico planteado, la Sala de Revisión decidió confirmar la decisión de instancia que NEGO el amparo incoado. <br>NOTA DE RELATORIA: Mediante auto 090 de fecha 23 de febrero de 2017, la Sala Plena de la Corporación decide declarar la nulidad de la presente providencia, luego de constatar la violación del debido proceso por omisión de análisis sobre aspectos de relevancia constitucional, que tenían efectos trascendentales en el sentido de la decisión adoptada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la providencia del 29 de noviembre de 2011 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia por medio de la cual se negó el amparo incoado.
- SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.