Sentencia de Tutela6 de julio de 1998
T-333 de 1998
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Maria Teresa Moreno Trujillo
✓
Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Concurso De Docentes. Condicion De Ser De Una Region Es Privilegio Violatorio De La Igualdad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acceso A La Universidad Publica
- Cupos son bienes escasos
Derecho A La Igualdad En Acceso A Carrera Docente
- Prerrogativa por ser oriundo de región
Acción De Tutela
- Procedencia por discriminación en concurso de ingreso al sector educativo
Carrera Docente
- Méritos y calidades de aspirantes
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. ORDENAR, en el caso concreto, con fundamento en el art. 4 de la Constitución la inaplicación del numeral 4-1 del art. 3 de la Resolución No. 20974 de 1989, expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
- Segundo. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Quinto. Laboral del Circuito de Cali, el día 4 de noviembre de 1997, por medio del cual se negó la tutela solicitada y, en su lugar conceder el amparo impetrado por la demandante, por violación a sus derechos fundamentales a la igualdad y al trabajo.
- Tercero. ORDENAR a la Gobernación del Valle del Cauca que en el término de 48 horas contados a partir de la notificación de la presente providencia, proceda a nombrar a la señora María Teresa Moreno Murillo en el cargo para el cual concursó. En cuanto a la persona desplazada, téngase en cuenta su nombre para futuros nombramientos según el puesto que le corresponda en la lista de elegibles.
- Cuarto. Líbrese por la Secretaría General de esta Corporación, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
C-423/97Ley 264/96. Art. 1 Beneficios A Los Reservistas Del Ejercito Armada Policia Y Fuerza Aerea. Exequible.C-022/96Ley 48/93. Art. 40 Lit. B). Reconocimiento Del 10% De Puntos En El Icfes Para Bachilleres Que Presten El Servicio Militar. Inexequible.T-499/95Red De Solidaridad Social. Politicas De Vivienda Social Urbana. Participacion Comunitaria. Negada.T-256/95Der. Al Trabajo. Acceso A La Funcion Publica A Traves Del Concurso De Meritos. Lista De Elegibles. Concedida.C-041/95Dec. 1222/93. Art. 4 Parcial. Concurso De Meritos. Lista De Elegibles. Exequible.C-040/95Dec. 1222/93. Art. 9. Concurso De Meritos. Inexequible La Expresion "la Provision..."
Ver las 7 →Citada por12
T-180/15Tutela de 2015T-784/13Tutela de 2013T-170/13Tutela de 2013T-676/10Tutela de 2010T-556/10Tutela de 2010T-484/04Derecho Al Debido Proceso Administrativo Y Trabajo De Quien Ocupo El Primer Puesto. Conformacion Terna De Aspirantes. Designacion En Propiedad Como Gerente De Hospital A Otra Persona. Concurso Publico De Meritos Para Proveer Cargo De Libre Nombramiento Y
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.