Micelio
Sentencia de Tutela23 de febrero de 1999

T-101 de 1999

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Luz Stella Jaramillo Pulgarin Y Otros

Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Concurso De Meritos. Provision De Cargos Con Personas Que No Estan Lista De Elegibles. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carrera Administrativa En La Contraloria General De La Republica
  • Provisión de vacantes atendiendo lista de elegibles
Sistema De Carrera
  • Mérito como elemento esencial
  • Provisión de vacantes atendiendo lista de elegibles y en estricto orden de resultados
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias expedidas por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia dentro de los expedientes T-181047 y T-181050, los dias 25 y 24 de agosto de 1998, respectivamente, y confirmar las decisiones adoptadas en primera instancia por el Tribunal Superior de Manizales, Sala Laboral, mediante sentencias del 22 de julio de 1998. En consecuencia, deberan cumplirse las ordenes dadas a la Contraloria General de la Republica, en el termino de los diez (10) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia.
  2. Segundo. REVOCAR las sentencias expedidas por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia dentro de los expedientes T-183507 y T-183508, el 17 de septiembre de 1998, y confirmar las decisiones adoptadas en primera instancia por el Tribunal Superior de Barranquilla, Sala Laboral, mediante sentencias del 21 y 24 de agosto de 1998. En consecuencia, deberan cumplirse las ordenes dadas a la Contraloria General de la Republica, en el termino de los diez (10) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia.
  3. Tercero. REVOCAR la sentencia expedida por el Consejo de Estado dentro del expediente T-187091, el 1 de octubre de 1998. En su lugar, tutelar los derechos constitucionales fundamentales de Luz Angela Garcia Chaguendo a la igualdad, al trabajo y a la participacion en la conformacion, ejercicio y control del poder politico, en la modalidad de acceso a cargos y funciones publicas, para lo cual se ordena a la Contraloria General de la Republica que, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia, nombre a la demandante en el cargo de Profesional Universitario Grado 13 de la Direccion Seccional Santafe de Bogota D.C. y Cundinamarca.
  4. Librense por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.