T-303 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Carlos Arturo Perez Arenas Y Otra Vs. Superintendencia De Sociedades Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causados con posterioridad al acuerdo concordatario se pagan como gastos de administración
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
- Pago preferente de salarios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso dentro de la liquidación obligatoria de la sociedad florida sport al no ordenar calificar y graduar los creditos reconocidos laboralmente.
Solicitan se ordene a la superintendencia de sociedades y al liquidador de la entidad que adicione modifique e incluya dentro del auto de calificación y graduacion de creditos sus acreencias laborales reconocidas en sentencias judiciales.
Los creditos laborales causados con posterioridad al acuerdo concordatario se pagan como gastos de administración se constituyen en creditos privilegiados y deben pagarse con prioridad frente a cualquier otro credito reconocido en el proceso.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Medellín Sala de Decisión Penal, dentro de la acción de tutela promovida por Carlos Arturo Pérez Arenas y Consuelo Correa de Puerta contra la Superintendencia de Sociedades y el Liquidador de la Sociedad Florida Sport Ltda. -en liquidación obligatoria-, y en su lugar confirma la decisión proferida por el Juzgado Doce Penal del Circuito de Medellín.
- Segundo. Por Secretaría General líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.