Sentencia de Tutela27 de enero de 2000
T-060 de 2000
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Elmer Ramirez Benitez Y Otro
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra Empresa Comercial Moderna. Tutela Contra Particulares. Pago De Acreencias Laborales. No Pago De Aportes Para Seguridad Social Salud Y Pension. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Empleador
- Responsabilidad por no descuento y giro de aportes en salud
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas los días 13 y 24 de agosto de 1999 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, que negaron las tutelas objeto de revisión.
- Segundo. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al trabajo de los señores Elmer Ramírez Benítez y Victor Augusto Urueña Ayala. ORDENAR a la empresa "Comercial Moderna S.A.", -en concordato- que en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificación de la presente Sentencia, proceda a cancelar los salarios adeudados, y los aportes en salud. Si ante el juez de primera instancia la empresa probare que el flujo de caja actual resulta insuficiente para tal fin, dispondrá del término ya señalado para iniciar las gestiones que permitan obtener los recursos necesarios con miras al pago efectivo y completo de lo ordenado, en un lapso que, en todo caso, no podrá pasar de un (1) mes.
- Para garantizar que las acreencias laborales asumidas por la empresa demandada encuentren real y efectivo respaldo económico, la Superintendencia de Sociedades deberá verificar el cumplimiento de lo aquí ordenado y asegurar la prelación efectiva de las obligaciones laborales.
- Tercero. ORDENAR a la Empresa "Comercial Moderna S.A." que asuma el cubrimiento total en salud que requieran los actores y sus beneficiarios, mientras se pone al día en el pago de las cotizaciones a la correspondiente E.P.S.
- Cuarto. Si transcurrido el plazo que se otorga en la presente sentencia, la sociedad demandada no cumple con el pago de las sumas referidas, las E.P.S. a las cuales se encuentran afiliados los actores pueden hacerse parte en el proceso concursal que se adelanta a la empresa "Comercial Moderna S.A.", con el fin de obtener el pago de los aportes que por concepto de salud no les hayan sido cancelados. Lo anterior, sin perjuicio de que presten los servicios necesarios para la seguridad social de los trabajadores mientras los pagos se producen.
- Quinto. DESE traslado al Fiscal General de la Nación para lo de su cargo.
- Sexto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por10
C-237/20Medidas Transitorias En Materia De Insolvencia En El Marco De La Emergencia Económica, Social Y Ecológica.T-303/05T-818/00Derecho Al Minimo Vital Y Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Hospital San Juan De Dios - Cali. Concedida.T-759/00Derecho A La Seguridad Social Trabajo Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Concedida.T-748/00Derecho Al Minimo Vital Y Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Concedida.T-708/00Derecho A La Vida Al Trabajo Al Minimo Vital Y A La Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Concedida.
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.