Sentencia de Tutela17 de junio de 1997
T-297 de 1997
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Britex Ltda
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Acto Adtivo. Funcionaria De La Dian Resolvio Recurso De Reposicion Y Apelacion. Medio De Defensa Judicial. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
- No declaración impedimento al resolver una apelación
Accion De Tutela Y Accion Contencioso Administrativa
- Alcance de la compatibilidad
Accion De Tutela Y Suspension Provisional De Acto Administrativo
- Alcance de la compatibilidad
Impedimento
- Resolución por una misma funcionaria recursos de reposición y apelación
Principios De Imparcialidad, Independencia E Igualdad
- Resolución por la misma funcionaria de Dian recursos de reposición y apelación
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de fecha 23 de enero de 1997, proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal- mediante la cual confirmo a su vez la proferida por el Tribunal Superior de Medellin, mediante la cual nego la accion de tutela instaurada por la Firma Britex Ltda. contra la Unidad Administrativa Especial de la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales, Administracion Local de Medellin.
- Segundo. ENVIAR copia de esta sentencia al senor Procurador General de la Nacion para que dentro de los terminos de su competencia decida, si es del caso o no, que contra la funcionaria Luz Amparo Gil Arango, perteneciente a la Administracion de Impuestos y Aduanas Nacionales de Medellin se adelante proceso disciplinario
- Tercero. Por Secretaria librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
SU.039/97Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. ConcedidaT-225/93Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada.T-203/93Espacio Publico. Debido Proceso. Prohibicion De Parqueo En El Rodadero.Negada.
Citada por10
T-046/23Debido Proceso Administrativo Y Acceso Progresivo A La Tierra-Marco Normativo Y Trámite Pertinente Cuando Se Pretende La Adjudicación De Bienes Baldíos A Mujer Campesina.C-532/15Norma Orientada A Fortalecer Mecanismos De Prevencion, Investigacion Y Sancion De Actos De Corrupcion Y Efectividad Del Control De La Gestion Publica.T-571/11Tutela de 2011C-762/09Tribunal De Etica Medica. Procedimiento Previsto Para Acusar Y Juzgar No Vulnera El Principio De ImparcialidadT-1034/06Tutela de 2006T-313/05Tutela de 2005
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.