Micelio
Sentencia de Tutela27 de abril de 2007

T-296 de 2007

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ana Mercedes Atencia Padilla Y Rafael Barriga Jimenez Vs. Emdupar S.A. Y Ledis Maria Ramirez Torres Vs. Electricaribe S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Improcedencia por cuanto los actores pueden acudir a otros medios ordinarios para reclamar de acuerdo a la reglas y procedimientos de la ley 142/94
  • Procedencia en situaciones especiales para dirimir conflictos con usuarios
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la igualdad y la defensa de propietarios de inmuebles a quienes sus arrendatarios incumplieron la obligacion de pagar oportunamente los servicios publicos y las empresas dejaron de hacer uso del poder de suspension del servicio para cobrarles por un gran numero de periodos de facturacion.solicitan se ordene el rompimiento de la solidaridad.procedencia excepcional de la accion de tutela contra las resoluciones emitidas por las empresas prestadoras de servicios publicos.

Improcedencia de la accion de tutela en los casos bajo revision.

Los accionantes no elevaron peticiones ante la empresas o ante la superintendencia de servicios como tampoco argumentaron porque los mecanismos ordinarios no les eran eficaces ni mencionaron el perjuicio irremediable que se consumaria durante el termino de los mecanismos ordinarios.los accionantes deberan acudir a los mecanismos ordinarios para hacer las reclamaciones correspondientes.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo de agosto 31 de 2006 proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Valledupar, mediante el cual se negó el amparo de los derechos al debido proceso, a la igualdad y a la defensa de Ana Mercedes Atencia Padilla (Expediente T-1519398).
  3. Segundo. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo de septiembre 26 de 2006 del Juzgado
  4. Tercero. Penal Municipal de Valledupar, mediante el cual negó el amparo de los derechos al debido proceso, a la igualdad y a la defensa de Ledis María Ramírez Torres (Expediente T-1519399).
  5. Tercero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo de septiembre 14 de 2006 proferido por el Juzgado
  6. Tercero. Penal Municipal de Valledupar, mediante el cual se negó el amparo de los derechos al debido proceso, a la igualdad y a la defensa de Rafael Barriga Jiménez (Expediente T-1519400).
  7. Cuarto. Por Secretaria General, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.