Sentencia de Tutela19 de junio de 1996
T-269 de 1996
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Justo Jose De Armas Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida. Der. A La Vivienda Digna. Der. Al Ambiente Sano. Ders. Colectivos. Viviendas Construidas Sobre Tunel De Agua. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida
- Viviendas construidas sobre túnel
- Plan reubicación viviendas
- Protección por autoridad municipal
Medidas Provisionales Para Proteger Un Derecho
- Plan situación de desastre
Acción De Tutela
- Construcción viviendas sobre arroyo
Juez De Tutela
- Límites a discrecionalidad presupuestal
Municipio
- Límites en materia presupuestal
- Representación idónea
- Representación legal
Presupuesto Municipal
- Límites a discrecionalidad
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. Revocar, parcialmente, la sentencia adoptada por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Segunda, el 23 de noviembre de 1995. En su lugar, tutelar los derechos a la vida, la vivienda digna, la propiedad, y a un ambiente sano, de Justo Jose de Armas, Juan Bautista Orbegozo Diaz, y Olga Maria Londono de Lemus.
- SEGUNDO. Ordenar al Alcalde del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla que mantenga actualizado y operante el plan de accion especifico que se le ordeno elaborar y poner en practica por medio del auto proferido por la Sala Cuarta de Revision el 18 de marzo del presente ano, hasta tanto concluya la cobertura del arroyo Don Juan.
- TERCERO. Ordenar a la Administracion Distrital de Baranquilla que, hasta concluir las obras de cobertura del arroyo Don Juan, se abstenga, so pena de las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991 para el desacato, de autorizar, permitir o tolerar la construccion de cualquier edificacion sobre el area tributaria del arroyo Don Juan, y las remodelaciones de las construcciones alli existentes que impliquen aumento del numero de residentes en esa area.
- CUARTO. Ordenar a la Alcaldia Distrital de Barranquilla que continue la actuacion administrativa tendente a la adquisicion, por parte de ese municipio, de las viviendas de los actores y su subsiguiente reubicacion, la que debe completarse en el termino maximo de seis (6) meses, contados a partir de la notificacion de esta providencia.
- QUINTO. Comunicar esta sentencia de revision al Tribunal Administrativo del Atlantico, para los fines previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuniquese, notifiquese, cumplase, e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por13
T-268/24Derecho A La Vivienda Digna En Su Faceta De Habitabilidad-Obligaciones De Los Particulares Y Las Autoridades Locales Ante Riesgo Inminente De Desastres Naturales (Reasentamiento De Familias En Zonas De Riesgos No Mitigables).T-367/20Servicio De Energia Electrica Como Condicion Del Derecho A La Vivienda DignaT-390/18Deberes Y Competencias De Las Autoridades Municipales En Materia De Prevención Y Atención De Desastres.T-299/17Derecho A La Vivienda Digna Y El Sistema Nacional De Vivienda De Interes Social.T-295/17Derecho A Vivienda Digna De Madres Afrodescendientes Cabeza De Familia Se Vulnera Por No Ampliar Extralegalmente El Termino De La Licencia De Construccion De Un Proyecto De Vivienda De Interes Prioritario.T-081/13Tutela de 2013
Ver las 13 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.