Sentencia de Tutela8 de marzo de 2001
T-263 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Lida Mercedes Ocampo De Villa Vs. Municipio De Cali
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Revocar la sentencia proferida por Juzgado Veintiséis Civil Municipal de Cali, de fecha nueve (9) de noviembre de dos mil (2000), en la acción de tutela promovida por Lida Mercedes Ocampo de Villa contra el municipio de Cali.
- En consecuencia, se ordena al municipio de Cali, que en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, pague a la actora las mesadas pensionales adeudadas, o en caso de no contar con los recursos necesarios, inicie las gestiones necesarias tendientes al cumplimiento de este fallo, que en todo caso tendrá que hacerse en un plazo no superior a dos (2) meses. Así mismo, adelantar las gestiones encaminadas al pago futuro y oportuno de las que se continúen causando.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a24
T-140/00Pago De Mesadas Pensionales. Minimo Vital. Resulta Vulnerado. Gobernacion Del Choco. Concedida.SU.090/00Incumplimiento Sistematico De Las Sentencias De Tutela Por Pago De Pensiones En El Departamento Del Choco. Suspension Del Estudio Del Proyecto De Sentencia Mientras Se Expedia La Ley 549/99 Que Ordena Anticipo Para Cubrir La Mora Pensional De Las Entidades Territoriales.Concedida.T-387/99Der. De Peticion. Tercera Edad. Der. A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-365/99Der. Al Minimo Vital. No Pago De Licencia De Maternidad Por El I.S.S. Concedida.T-325/99Der. De Peticion. Der. A La Igualdad. Solicitud De Pago Y Reliquidacion De Pension De Jubilacion. Incora. Negada.T-308/99Der. Al Trabajo. Der. A La Seguridad Social. Minimo Vital. Pago De Salarios Y Mesadas Atrasadas. Universidad Del Valle. Concedida.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.