Micelio
Sentencia de Tutela8 de marzo de 2004

T-218 de 2004

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Wilson Neider Riveros Amala Vs Famisanar

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud De Menor De Edad. Solicitud Diagnostico Y Tratamiento De Pubertad Precoz. Excluidos De Pos. Accion De Repeticion. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Menor
  • Práctica de exámenes por pubertad precoz
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos en el presente proceso
  2. Segundo. Confirmar, por las razones expuestas en la presente sentencia, el fallo del Juzgado Cincuenta y Tres Penal Municipal de Bogota, de fecha 21 de mayo de 2003.
  3. Tercero. Ordenar al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud que, en el termino maximo de 6 meses, evalue si el examen ordenado a la menor demandante es requerido para lograr un debido diagnostico y tratamiento de la pubertad precoz. En caso afirmativo, deberan adoptarse las medidas necesarias para que sea incluido en el Plan Obligatorio de Salud.
  4. Cuarto. Advertir a FAMISANAR que la posibilidad de repetir contra el FOSYGA, en los terminos de la sentencia que se confirma, esta sujeto a la determinacion que adopte el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en los terminos indicados en el fundamento 17 de esta providencia.
  5. Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.