Micelio
Sentencia de Tutela23 de marzo de 2011

T-201 de 2011

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Carmen Rosa Yara De Castillo Como Agente Oficioso De Arcesio Castillo·Demandado Banco Colmena Bcsc

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Minimo Vital
  • Afectación por no pago de mesadas pensionales a cónyuge de enfermo hospitalizado
Retiro De Mesadas Por Pension De Vejez
  • Caso en que Banco lo impedía por falta de autorización expresa del titular a su cónyuge, por encontrarse en unidad de cuidado intensivo
4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, seguridad social, mínimo vital.

La accionante, actuando como agente oficioso de su esposo, relata que el Banco Colmena BCSC se negó a entregarle la mesada pensional de su esposo, bajo el argumento que sólo podía hacerlo con una autorización debidamente autenticada ante notario o con una orden judicial que se lo ordenara.

Para la accionante no es posible tener la autorización de su esposo, pues éste se encuentra hospitalizado por múltiples afecciones y con un pronóstico reservado, situación que puede permanecer en iguales condiciones de manera indefinida.

En sede de revisión se determina que el hecho vulnerador del derecho fundamental al mínimo vital fue superado, en razón a que la parte actora inició un proceso de interdicción judicial para administrar los bienes de su esposo y el juzgado, en el respectivo auto admisorio, nombró a la accionante como curadora provisional, situación que le permite reclamar las mesadas pensionales correspondientes.

En el presente asunto se resuelve declarar la carencia actual de objeto, por hecho superado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto en el presente asunto, por hecho superado.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.