Micelio
Sentencia de Tutela5 de abril de 2013

T-184 de 2013

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Aaaa·Demandado Oficina De Proteccion Y Asistencia De La Fiscalia General De La Nacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Personal
  • Estado tiene la obligación de adoptar las medidas de protección necesarias para proteger a aquellos individuos que se encuentran sometidos a un nivel de amenaza ordinaria y extrema
  • Caso en que el accionante y su grupo familiar fueron desvinculados del Programa de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos en proceso penal
  • Niveles de riesgo
Derecho A La Seguridad
  • Como derecho individual
  • Como derecho colectivo
  • Como valor y fin del Estado
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, seguridad, integridad personal.

Se instaura la presente acción de tutela en contra de la Oficina de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación y se pretende con ella que se ordene a dicha entidad,acoger nuevamente al accionante en el Programa de Protección a Víctimas, Testigos e Intervinientes en el Proceso Penal y Funcionarios de la Fiscalía General de la Nación, del cual fue excluido como sanción por el desacato a las obligaciones adquiridas al momento de suscribir el acta de compromiso del programa de seguridad.

La Sala hace referencia a los siguientes temas: 1º.

El derecho constitucional a la seguridad e integridad personal y, 2º.

La protección especial a cargo del Estado teniendo en cuenta los niveles de riesgo.

Se CONCEDE la tutela y se ordena a la accionada disponer lo necesario para reintegrar al actor y a su núcleo familiar al Programa de Protección.

Al demandante y a su núcleo familiar que llegue a ser beneficiario con dicha protección, se le ordena acatar todas y cada una de las normas, obligaciones y recomendaciones de seguridad que se le impongan y abstenerse de asumir conductas que pongan en peligro su vida y la de los suyos. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo de agosto 30 de 2012, proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de [BBB], que nego el amparo elevado por el senor [AAA]. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos a la vida, a la seguridad y a la integridad personal del actor, su progenitora [III], su actual companera permanente [OOO] y su bebe.
  2. Segundo. ORDENAR al Jefe de la Oficina de Proteccion y Asistencia de la Fiscalia General de la Nacion, o a quien haga sus veces, que si aun no lo ha hecho, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, disponga lo necesario para reintegrar al actor y a su nucleo familiar al Programa de Proteccion y Asistencia a Victimas, Testigos e Intervinientes en el Proceso Penal y Funcionarios de la Fiscalia.
  3. Tercero. ORDENAR al senor [AAA] y a los integrantes de su nucleo familiar que lleguen a ser beneficiados con dicha proteccion, acatar todas y cada una de las normas, obligaciones y recomendaciones de seguridad que le imponga el Programa de Proteccion y Asistencia a Victimas, Testigos e Intervinientes en el Proceso Penal y Funcionarios de la Fiscalia, y abstenerse de asumir conductas que pongan en peligro su vida y la de los integrantes de su nucleo familiar.
  4. Cuarto. En concordancia con el numeral 5deg del articulo 3deg de la Resolucion de 0-5101 de 2008 proferida por la Fiscalia General de la Nacion, ORDENAR a la Secretaria General de la Corte Constitucional, a la Sala Penal del Tribunal Superior de [BBB] y a las demas entidades y funcionarios que tengan acceso al expediente de la referencia y a este fallo, disponer todo lo necesario para salvaguardar la estricta reserva y confidencialidad frente a los nombres, documentos y demas datos que permitan identificar al aqui accionante, su nucleo familiar y los hechos con ellos relacionados.
  5. Quinto. Por Secretaria General, LIBRAR las comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.