Sentencia de Tutela12 de mayo de 1993
T-183 de 1993
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Rubiela Salazar
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion Y Derechos Fundamentales De Los Niños. Colegio Inem De Pereira. Educacion Fisica.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derechos Del Niño
- Protección
Personal Docente
- Deberes
7 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Pereira, el quince (15) de diciembre de mil novecientos noventa y dos (1992) relacionada con la acción de tutela de la referencia.
- Segundo. Amparar los derechos constitucionales a la educación, salud e integridad física de la menor en cuyo favor se presentó la acción de tutela; en consecuencia se ordena al Instituto Nacional de Educación Media Diversificada Felipe Pérez de la ciudad de Pereira que, con la colaboración del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Risaralda, se practiquen los exámenes médicos que determinen el estado real de salud y de habilidad física de la menor al momento de la ocurrencia de los hechos. Además se ordena que, como consecuencia del resultado de dicho examen, se adopten las medidas académicas que sean necesarias para atender los requerimientos que el estado físico de la menor exija, para efectos de proteger su derecho fundamental a la educación. En consecuenci, deberá ser admitida, con matrícula reglamentaria, en el citado centro docente, de acuerdo con las razones expuestas.
- Tercero. Comuníquese esta providencia al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Pereira para que sea notificada a las partes conforme lo ordena el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por12
T-449/23Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes, Actos De Hostigamiento O Matoneo Digital (Ciberacoso/Cyberbulling)-Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado.T-323/20Derecho A La Educacion De Niños, Niñas Y Adolescentes-ProtecciónT-056/20Derecho A La Educacion De Menor De Edad Por Parte De Institucion Educativa Que Restringe O Interrumpe El Proceso Educativo Con El Fin De Garantizar Cumplimiento De Obligaciones Economicas.T-356/17Derecho Al Debido Proceso En Materia De Educacion Superior.T-1085/12Tutela de 2012T-905/07Tutela de 2007
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.