Micelio
Sentencia de Tutela5 de diciembre de 2000

T-1620 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Diana Patrica Cardona Vs. Susalud Eps

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo Y Minimo Vital Del Recien Nacido. Proteccion Laboral Reforzada De Mujer Embarazada. Pago Licencia De Maternidad. Reintegro Al Cargo. Contrato A Termino Fijo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Casos excepcionales de reintegro por despido de mujer embarazada
Derecho Al Trabajo De Mujer Embarazada
  • Despido a dos semanas del parto
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. REVOCAR la Sentencia del diez (10) de mayo del 2000 proferida por el Juzgado
  4. Séptimo. Laboral del Circuito de Medellín y, en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos de la actora al trabajo y a la protección laboral reforzada de la mujer embarazada, así como al mínimo vital del recién nacido.
  5. Segundo. ORDENASE a la empresa AEROENVIOS LTDA, pagar a la actora, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, lo que le adeuda por concepto de licencia de maternidad (i); así como reintegrarla a su puesto de trabajo (ii), como mecanismo transitorio, mientras se ventila ante la justicia laboral lo concerniente a la terminación del contrato de trabajo por expiración del término fijo.
  6. Tercero. PREVENIR a la empresa AEROENVIOS LTDA, para que en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en las conductas que produjeron la violación de los derechos al trabajo y a la protección laboral reforzada de la mujer embarazada, así como al mínimo vital del recién nacido, y que originaron la proposición de la presente acción.
  7. Cuarto. Librar, por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2592 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.