Micelio
Sentencia de Tutela2 de abril de 1998

T-139 de 1998

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Armando Valencia Carrillo

Tema · dato duro
Der. De Peticion. Pago De Acreencias Laborales. Foncolpuertos. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia general para reclamar pago de acreencias laborales
Derecho De Peticion
  • Comunicación expresa de respuesta
Prevencion En Tutela
  • Resolución oportuna de solicitudes
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (16 puntos)
  1. Primero. CONFIRMANSE los fallos proferidos por el juzgado dieciséis civil municipal de Santa Fe de Bogotá; Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda, Subsección B; Juzgado
  2. Séptimo. Civil del Circuito de Barranquilla; Tribunal Administrativo de Bolívar; Juzgado
  3. Cuarto. Civil del Circuito de Barranquilla, Juzgado
  4. Octavo. Laboral del Circuito de Barranquilla; Juzgado
  5. Octavo. Laboral del Circuito de Santa Fe Bogotá; Juzgado cincuenta y tres Civil Municipal de Santa Fe de Bogotá; Juzgado Cuarenta y cinco penal del Circuito de Santa Fe de Bogotá; Tribunal Superior Sala Civil de Santa Fe de Bogotá, la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla y Juzgado Treinta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá, en los expedientes T-149757, T-147092, T-147326, T-147522, T-150079, T-150272, T-150632, T-148334, T-149127, T-149341, T-148156 y T-150050 respectivamente, en tanto se concedió la tutela al derecho de petición.
  6. Segundo. CONFIRMANSE los fallos proferidos por el juzgado
  7. primero. civil municipal de Santa Fe de Bogotá, Juzgado
  8. Quinto. Civil Municipal de Santa Fe de Bogotá, Juzgado
  9. Séptimo. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá; Juzgado veinticinco Civil Municipal de Santa Fe de Bogotá; en los expedientes T-148197, T-150958, T-150799, T-148225 - respectivamente, en cuanto a que en todos ellos existió cesación de la actuación impugnada. ADICIONANSE los fallos de instancia en el sentido de ordenar que se compulsen copias de lo actuado a la Procuraduría General de la Nación para que inicie la correspondiente investigación por faltas disciplinarias.
  10. Tercero. CONFIRMANSE los fallos proferidos por la Sala Civil de Familia del Tribunal Superior de Barranquilla; Juzgado
  11. Sexto. Laboral del Circuito de Cartagena; Juzgado Veinte Penal Municipal de Santa Fe de Bogotá y la Sala Civil del Tribunal Superior de Cartagena, en los expedientes T-147085, T-148160, T-147788, T-149674.
  12. Cuarto. CONFIRMASE el fallo proferido por el juzgado
  13. cuarto. civil municipal de Santa Fe de Bogotá, en el expediente T-149081.
  14. Quinto. CONFIRMASE el fallo proferido por el juzgado diez civil del circuito de Barranquilla, proceso T-148410.
  15. Sexto. CONFIRMASE el fallo proferido por la Sala penal del tribunal superior de Barranquilla en el proceso T-148064.
  16. Séptimo. Por Secretaría líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.