Micelio
Sentencia de Tutela15 de febrero de 2002

T-112 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Fernando Navarro Gutierrez Vs. Director Nacional De Estupefacientes

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Debido Proceso Administrativo Y Propiedad. Administracion Bienes Durante Procesos De Extincion De Dominio. Via De Hecho. Predios Ubicados En Caldas Y Cundinamarca. Incora. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Administrativo
  • Aplicación en trámite de procesos de extinción de dominio
Derecho De Propiedad
  • Traslado de semovientes durante administración de bienes en proceso de extinción de dominio no implicó desconocimiento
Direccion Nacional De Estupefacientes
  • Competencias en materia de administración de bienes durante proceso de extinción de dominio
Sentencia De Tutela De Juez De Instancia
  • No constituye precedente judicial
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo del 27 de agosto de 2001 del Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de La Dorada (Caldas) y, en consecuencia, denegar la tutela de los derechos al debido proceso y a la igualdad.
  3. Segundo. CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo del 27 de agosto de 2001 del Juzgado
  4. Segundo. Civil del Circuito de La Dorada (Caldas) que declaró improcedente la acción de tutela para la protección del derecho de propiedad de las Sociedades Agrícola Casa Nueva S.A. e Inmobiliaria El Pomar S.A.
  5. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.