Micelio
Sentencia de Tutela5 de diciembre de 2012

T-1060 de 2012

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Luis Carlos Ferreira Sampedro Y Otros·Demandado Compensar E.P.S. Y Otras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acceso A Tratamiento Medico O Medicamento Excluido Del Pos
  • Casos en que varias EPS niegan el suministro de pañales desechables, enfermería 24 horas, cremas antiescaras, paños húmedos entre otros
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Orden a EPS suministro de pañales desechables, paños húmedos y crema antiescaras mensualmente
Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
  • Autorización servicio de atención domiciliaria de enfermería por 12 horas a enfermo de alzheimer, por estar incluida en el POS
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Corte Constitucional le ordena a diferentes E.P.S. autorizar y suministrar a los actores atención domiciliaria por doce horas, al igual que entregar pañales desechables, crema antiescaras y paños húmedos durante el tiempo que sea necesario, los cuales habían sido denegados por dichas empresas con el argumento de ser servicios o elementos excluidos del POS.

Derecho fundamental a la salud tratándose de personas de la tercera edad y en condición de discapacidad.

Reiteración de jurisprudencia.

Prestación del servicio NO POS, específicamente en lo concerniente al suministro de pañales para personas merecedoras de especial protección.

CONCEDIDAS.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (15 puntos)
  1. Primero. REVOCAR parcialmente la decisión adoptada el día trece (13) de julio de dos mil doce (2012) por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, que a su vez confirmó la sentencia proferida el día veintitrés (23) de mayo de dos mil doce (2012) por el Juzgado Cincuenta y Seis Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, y en consecuencia:
  2. a. ORDENAR a Compensar EPS, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, autorice y entregue al señor Luis Carlos Ferreira Sampedro, atención domiciliaria doce (12) horas, durante el tiempo que sea necesario.
  3. b. CONFIRMAR lo dispuesto por el Juzgado Dieciocho Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, en lo que respecta al suministro de pañales desechables.
  4. Segundo. REVOCAR el fallo proferido el diecisiete (17) de mayo de 2012 por el Juzgado
  5. Segundo. Civil Municipal de Bucaramanga, para en su lugar:
  6. a. ORDENAR a Suramericana EPS, que en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre mensualmente a Pedro Agustín Jaimes Rodríguez, pañales desechables talla L, dos (2) potes de crema antiescaras y paños húmedos, durante el tiempo que sea necesario.
  7. Tercero. REVOCAR parcialmente el fallo proferido el veintidós (22) de junio de dos mil doce por el Juzgado
  8. Cuarto. Civil del Circuito de Neiva y en su lugar:
  9. a. ORDENAR a Asmet Salud EPS que en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre al señor Policarpo Ibarra Artunduaga pañales desechables durante el tiempo que sea necesario.
  10. b. CONFIRMAR lo dispuesto por el Juzgado
  11. Cuarto. Civil del Circuito de Neiva con respecto a la entrega del suplemento vitamínico tipo ensure.
  12. Cuarto. REVOCAR parcialmente el fallo proferido el veintinueve (29) de junio de dos mil doce (2012) por el Juzgado Treinta y Cinco (35) Civil del Circuito de Bogotá que, a su vez, confirmó la sentencia del veintidós (22) de mayo de 2012 proferida por el Juzgado Cuarenta y Ocho (48) Civil Municipal y en su lugar:
  13. a.- ORDENAR a Salud Total EPS -ARS que en el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre a Cristhian David Espitia pañales desechables y paños húmedos durante el tiempo que sea necesario.
  14. b.- CONFIRMAR lo dispuesto por el Juzgado 35 Civil del Circuito de Bogotá, en lo que respecta a la entrega de silla de ruedas, tratamiento multidisciplinario domiciliario y colchón antiescaras.
  15. Quinto. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.