T-1052 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Adys Esther Ayola De Camacho Vs. Comfacor Salud
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Tratamiento para aliviar dolor
- Obligación de informar que autoridad de salud es la que debe suministrar el servicio
- Docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
- Diferencia entre el régimen especial de los docentes y el régimen de la ley 100 de 1993
- No existió valoración detallada de la prestación odontológica por parte de la IPS
- Solicitud de implante odontológico a la IPS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas de afiliada docente que requiere el implante de un diente en el maxilar superior derecho que la entidad se niega a suministrar aduciendo que la atencion en salud a que tiene derecho no incluia el suministro de implantes.solicita se ordene el suministro del implante oral que requiere.el derecho a la salud y la vida en condiciones dignas.
Exclusiones y limitaciones en la cobertura del plan obligatorio de salud.
Régimen especial de seguridad social en salud de los docentes afiliados al fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio.
Si la reclamación médica hecha por la actora no hubiere sido contratada con alguna ips o esta no fuere cubierta de manera alguna comfacor debió hacérselo saber a la accionante indicándole igualmente que sería entonces el fondo de prestaciones sociales del magisterio a través de la fiduciaria administradora de dicho fondo la que le podría señalar qué trámites debía adelantar la accionante para solucionar su problema dental.
Se ordenará a la ips comfacor que proceda a realizar un diagnóstico puntual a la actora en relación con su problema e inicie la atención odontológica básica general necesaria si hubiere posibilidad de ello y siempre que la accionante acepte.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 21 de marzo de 2006, por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Monteria. En su lugar, CONCEDER la tutela por violacion del derecho a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas de la senora Adys Esther Ayola de Camacho.
- Segundo. ORDENAR a la IPS COMFACOR que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, y si aun no lo hubiere hecho, proceda a realizar un diagnostico puntual a la actora en relacion con su problema del diente No. 11 del maxilar superior derecho, e iniciar la atencion odontologica basica general necesaria si hubiere posibilidad de ello, y siempre que la accionante acepte.
- Asi mismo, y en el termino ya indicado, COMFACOR IPS debera exponer a la accionante las opciones odontologicas que existen para solucionar su problema odontologico, si alguna de estas se encuentra a su cargo.
- Si por el contrario no hay alternativa odontologica que dicha IPS deba asumir, dentro de las siguientes cuarenta y ocho horas, se lo debera informar a la actora, indicandole cual IPS contratada por la Gobernacion de Cordoba puede asumir su atencion.
- De no existir cubrimiento medico contratado, igualmente se lo debera hacer saber a la actora, indicandole con exactitud que tramites debe adelantar para solucionar su situacion.
- Tercero. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.