Micelio
Sentencia de Tutela7 de febrero de 2014

T-076 de 2014

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Mayerly Moreno Pineda Como Agente Oficiosa De Juan David Martinez Velandia·Demandado Comandante Batallon De Infanteria No. 16 Patriotas De Honda Tolima Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Servicio Militar Obligatorio
  • Improcedencia de exoneración por la omisión de cualquier trámite administrativo previo, acudiéndose de manera directa a la tutela
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Caso en que personera municipal en calidad de agente oficiosa solicita desacuartelamiento de soldado
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Presentación por Personero Municipal en representación de joven reclutado para prestar servicio militar
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales se predica del reclutamiento del accionante para la prestación del servicio militar obligatorio, a pesar de encontrarse estudiando y con problemas de salud.

Se solicita el desacuartelamiento y la expedición de la respectiva libreta militar.

La Sala de Revisión concluye que la acción de tutela resulta IMPROCEDENTE, porque no se evidenció que el demandante o su agente oficioso realizaran solicitud de desacuartelamiento ante la autoridad competente, petición que resulta necesaria para que el juez constitucional determine si existió o no una conducta vulneratoria de derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Civil- Familia de la ciudad de Ibagué del 5 de julio de 2013, por los motivos expuestos en la presente providencia.
  2. SEGUNDO. Líbrese, por Secretaría General, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.