Sentencia de Tutela25 de enero de 2000
T-046 de 2000
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante William Romero Gonzalez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Pago De Acreencias Laborales. Afectacion Del Minimo Vital De Subsistencia.Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá y en su lugar conceder la tutela para la protección de los derechos fundamentales al trabajo y a la vida digna de los accionantes William Romero González, Luis Alfredo Acosta Cañon, Daniel Astudillo Acosta, Moisés Astudillo Acosta, Jose Miguel Barreto Garzón, Alberto Bautista Nausan, Wilson Castillo Peña, Martha Cristancho De Sotelo, Victor Manuel Galvis Clavijo, Jorge Gomez Rojas, Jose Policarpo Gomez, Hernando Antonio Gordillo Martinez, Elizabeth Herrera De Orjuela, Marco Fidel Itaz Palechor, Gregorio López Espitia, Carlos Abel Martinez Piñarate, Flavio Antonio Martinez Guzman, Maria Emperatriz Molina Garzon, Alvaro Mondragón Vaca, Tiberio Numpaque Martinez, Miguel Antonio Parra Rojas, Jorge Eliecer Pedraza Bello, Leonidas Alberto Perez Diaz, Luis Alfonso Perez Gonzalez, Jenaro De Jesus Poveda, Saul Quintero Rodriguez, Oscar Restrepo Román, Abraham Rojas Lozada, Jose Antonio Torres Lozano, Anibal Pachon Alonso, Adán López Espitia, Luis Enrique Zambrano Rodriguez, Jaime Bermúdez, Nancy Montenegro Donoso Y Rosendo Gómez Arciniegas,
- Segundo. ORDENAR al representante legal de la Sociedad Proder Ltda, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente Sentencia, inicie o continúe, si aun no lo ha hecho, los trámites y gestiones necesarios para garantizar el pago de lo adeudado a los actores y, además, continúe cumpliendo puntualmente con las obligaciones derivadas de la relación laboral.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.T-399/98Der. Al Minimo Vital. Pago De Salarios Atrasados Y Acreencias Laborales. Partida Presupuestal. Municipio De Amaga- Antioquia. Concedida.T-366/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para El Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Suspension De Pago De Salarios. Concedida.T-030/98Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Pago De Salarios Y Demas Acreencias Laborales. Concedida.T-011/98Pago Excepcional De Acreencias Laborales. Dere. Al Minimo Vital. Pago De Cesantias Parciales. Concedida.
Ver las 10 →Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.