T-039 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Nelcy Leonor Rojas Castro A Traves De Apoderado Judicial Vs. Saludcoop
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Excepción de no exigir el pago completo e ininterrumpido de semanas cotizadas
- Vulneración del mínimo vital de la madre y su hijo
- Caso en que se ha presentado interrupción de semanas de cotización
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
- Reglas para reconocimiento y pago
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital y la seguridad social de afiliada y su hija a quien la entidad le niega el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad por no haber cotizado continuamente durante todo el tiempo de la gestacion.solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.procedencia excepcional de la accion de tutela para reclamar el pago de la licencia de maternidad y requisitos minimos que se deben cumplir.
Allanamiento a la mora.
Excepcionalidad del reconocimiento cuando no se ha cotizado ininterrumpidamente durante todo el periodo de la gestacion.
Si la cotizacion no se extendio a todo el periodo de la gestacion cuando el hijo y la madre dependan economicamente de la licencia de maternidad deben aplicarse las normas constitucionales que abogan para que durante el embarazo y despues del parto la mujer goce efectivamente de especial asistencia y proteccion asi como su bebe.
Pago proporcional de la licencia de maternidad al tiempo cotizado.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Bogota, D. C., el 1o de agosto de 2006, mediante la cual denego la tutela instaurada por Nelcy Leonor Rojas Castro contra SaludCoop EPS, seccional Bogota, D. C.. En su lugar, CONCEDESE la proteccion de sus derechos fundamentales al minimo vital y la seguridad social, al igual que de su hija Laura Valentina Villanueva Rojas.
- Segundo. ORDENAR a SaludCoop EPS de Bogota, D. C., a traves de su representante legal o quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a reconocer y pagar a favor de la senora Nelcy Leonor Rojas Castro el 87% del valor que corresponda a su licencia de maternidad, por el nacimiento de su mencionada hija.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.