C-869 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reserva de iniciativa a favor del Gobierno
- No modificación por norma objetada
- Creación y funciones
- Atribución de función al Ministerio de Cultura no indica modificación de la estructura del mismo
- Disposición acusada no contiene decreto de gastos a cargo de la Nación
- Inexistencia de nuevas funciones ni modificación de las existentes
- Trámite
- Asignación de funciones del Ministerio de Cultura que son exclusivas de las entidades territoriales
- Infundada
- Norma no vulnera reserva de iniciativa gubernamental
- Vulneración de iniciativa gubernamental al decretar gastos a cargo de la Nación
- Competencia para determinar estructura
- Estructura corresponde a la ley
- Distribución de competencias
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Proyecto_ley PL-156-1902/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion, oido el concepto del Procurador General de la Nacion y surtidos los tramites que ordena el Decreto 2067 de 1991,
- R E S U E L V E :
- Primero. Declarar infundadas las objeciones presidenciales por inconstitucionalidad al articulo 3o del Proyecto de Ley Ndeg 156/02 Senado y 115/01 Camara "Por medio de la cual la Republica de Colombia rinde homenaje a la musica colombiana, se declara patrimonio cultural y artistico de la Nacion al Festival Nacional de la Musica Colombiana y Concurso nacional de Duetos "Principe de la Cancion", de la Fundacion Musical de Colombia y al Festival Folclorico colombiano, con sede en Ibague, Departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones".
- Segundo. Enviese el presente proyecto de Ley al senor Presidente de la Republica para su sancion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.