Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de septiembre de 2014Sala Plena

C-631 de 2014

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Andres Chacon Urrego·Demandado Codigo Civil, Articulo 81, Inciso Segundo

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Codigo Civil, Expresiones “confinado Por Decreto Judicial A Un Paraje Determinado” Y “o Desterrado De La Misma Manera Fuera Del Territorio Nacional”
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Codigo Civil
  • Incompatibilidad entre la expresión “o desterrado de la misma manera fuera del territorio nacional” contenida en la norma demandada y la Constitución Política, configura el fenómeno de derogatoria tácita
Idea De Permanencia Del Domicilio Civil Frente Al Destierro
  • Decisión no desmonta ni es incompatible con la jurisprudencia sobre acciones públicas contra normas preconstitucionales contrarias a la Constitución Política
  • Carencia actual de objeto
Constitucion Politica
  • Control constitucional o derogatoria de ley anterior en caso de presentarse una antinomia entre ley anterior y un precepto de esta
  • Ley reformatoria y derogatoria de la legislación preexistente
Corte Constitucional Y Corte Suprema De Justicia
  • Inaplicación de la doctrina del magisterio moral
Corte Constitucional
  • Pronunciamiento de exequibilidad en casos de conflicto entre disposición legal anterior a la Constitución y lo consagrado en ésta, lo cual presupone su vigencia o que está produciendo efectos jurídicos
Carencia Actual De Objeto
  • Control constitucional o derogatoria en caso de conflicto entre norma legal preconstitucional y la Constitución
  • Doctrina busca delimitar el objeto del control constitucional por vía de acción a normas vigentes o no vigentes que produzcan efectos
Demanda Contra Norma Anterior Contraria A La Constitucion
  • Consecuencia de fallo de inexequibilidad y cosa juzgada es similar por cuanto resulta inaplicable e inejecutable
Destierro Y Confinamiento
  • Contexto histórico
Idea De Permanencia Del Domicilio Civil
  • Inhibición para decidir de fondo en relación con las expresiones “confinado por decreto judicial a un paraje determinado” y “o desterrado de la misma manera fuera del territorio nacional”
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda
Normatividad Preconstitucional
  • Necesidad de declaratoria de inconstitucionalidad ante abierta contradicción con la Constitución Política
12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el inciso segundo del artículo 81 del Código Civil.

Se solicita la declaratoria de inexequibilidad de aparte normativo acusado, por resultar violatorio del artículo 34 de la Constitución.

La Corte se inhibió de emitir un fallo de fondo, al concurrir la ineptitud sustantiva de la demanda en relación con la expresión “confinado por decreto judicial a un paraje determinado” y, la falta de vigencia actual de la expresión “o desterrado de la misma manera fuera del territorio nacional”, en virtud de su derogatoria por la Constitución de 1991.

INHIBIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 81Ley 84/73 «En virtud de su derogatoria por la Constitución de 1991.»INHIBITORIO
Art. 2Ley 57/87INHIBITORIO
Art. 81Ley 57/87INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA por ineptitud sustancial de la demanda en relación con la expresión "confinado por decreto judicial a un paraje determinado".
  2. Segundo. Declararse INHIBIDA para decidir en relación con la expresión "o desterrado de la misma manera fuera del territorio nacional", en virtud de su derogatoria por la Constitución de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónMartha Victoria Sáchica MéndezAclaraciónLuis Ernesto Vargas SilvaAclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.