Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de mayo de 2008Sala Plena

C-538 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Convenio De Rotterdam Para La Aplicacion Del Consentimiento Fundamentado Previo A Ciertos Plaguicidas Y Productos Quimicos Peligrosos Objeto De Comercio Internacional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Alcance del control constitucional
  • Características del control constitucional
  • Incumplimiento del requisito de anuncio previo de votación en primer debate en el Senado y segundo en la Cámara de Representantes
Control De Constitucionalidad De Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Suscripción del tratado y aprobación presidencial
Convenio De Rotterdam
  • Disposiciones sustanciales desarrollan preceptos constitucionales
Tratado Internacional
  • Condicionamiento de enmiendas al Convenio
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revision de constitucionalidad de la ley 1159 de 2007, "por medio de la cual se aprueba el convenio de rotterdam para la aplicacion del consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos quimicos peligrosos objeto de comercio internacional, hecho en rotterdam el diez (10) de septiembre de mil novecientos noventa y ocho (1998)".<br>naturaleza del control de constitucionalidad de las leyes aprobatorias de tratados.

La revision del aspecto formal.

Analisis de constitucionalidad de la ley 1159 de 2007 en sus aspectos de fondo.<br>al respecto de las disposiciones que componen el convenio bajo examen, esta corporacion no encuentra disconformidad alguna con la carta politica.

Por el contrario, la lectura del convenio permite identificar como el texto del instrumento internacional se erige como una herramienta util en el desarrollo de varios preceptos constitucionales que consagran la cooperacion internacional en campos indispensables para la preservacion de la salud y la vida de las personas, contenidos en el preambulo y en los articulos 1, 2 y 9 de la constitucion.

De igual forma se tiene que garantiza y respeta la equidad, la reciprocidad y la conveniencia nacional, que deben inspirar las relaciones internacionales en materia politica, economica, social y ecologica, de conformidad con lo establecido en el articulo 226 de la constitucion.

Asi las cosas, se determina que la aprobacion de la ley 1159 de 2007 cumplio con los requisitos constitucionales exigidos para el efecto.

Asi mismo, las disposiciones de la convencion se ajustan a la carta politica en la medida en que diseñan, regulan y establecen procedimientos que respetan y desarrollan postulados constitucionales relacionados con la proteccion del medio ambiente en el territorio colombiano, convirtiendose en una herramienta util para la garantia de los derechos establecidos en el capitulo iii del titulo ii de la constitucion.<br>exequibles el convenio y la ley 1159 de 2007, aprobatoria del instrumento internacional en referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1159/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 1159/07EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el "Convenio de Rotterdam para la aplicacion del consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos quimicos peligrosos objeto de comercio internacional, hecho en Rotterdam el diez (10) de septiembre de mil novecientos noventa y ocho (1998)".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1159 del 20 de septiembre de 2007, aprobatoria del instrumento internacional mencionado en el numeral anterior.
  3. Tercero. COMUNIQUESE esta decision al Gobierno Nacional por intermedio de la Secretaria General de la Presidencia de la Republica, y enviesele copia autentica de la misma para los efectos constitucionales previstos en el numeral 10 del articulo 241 de la Carta Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.