C-316 de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Laura Catalina Galeno Daza·Demandado Articulo 17 De La Ley 72 De 1926
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Parámetros de control constitucional por vicios de forma
- Ausencia de requisito de certeza
- Aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 72 de 1926 artículo 17, la norma regula las facultades del Municipio de Bogotá el aparte acusado es el siguiente “vigentes todas las disposiciones especiales que se han dictado sobre rentas y percepción de ellas en municipio de Bogotá”, el actor considera vulnerados los artículos 114, 150, 151. 157, 160 y 338 de la Constitución, en términos generales, la argumentación gira en torno a la vulneración del principio de legalidad, toda vez que la disposición acusada elevó a rango legal unas disposiciones locales, que no son ley, sin surtir el trámite legislativo correspondiente.
La Sala pasa a estudiar la vigencia de la norma demandada, se concluye que ninguna de las modificaciones de orden legal modificaron o sustituyeron el fragmento demandado, se pasa a estudiar el sentido de la norma demandada, y se analizan los cargos de inconstitucionalidad, no se encuentra que la norma acusada tenga la naturaleza de una disposición tributaria, ni siquiera por vía de convalidación, por lo tanto habría una deficiencia insuperable en los cargos, ante lo cual se concluye que esta corporación no es competente para resolver divergencias interpretativas de orden legal o hermenéutico sobre el alcance de una determinada disposición legal, por lo tanto decide declararse Inhibida para pronunciarse sobre la constitucionalidad del aparte acusado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 72/26. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad del aparte "vigentes todas las disposiciones especiales que se han dictado sobre rentas y percepción de ellas en el municipio de Bogotá y" contenido en el artículo 17 de la Ley 72 de 1926.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.