C-269 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Amadeo Tamayo Moron
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamento
- Inexistencia de violación a la autonomía y de establecimiento de monopolio
- Gobernadores podrán celebrarlos para distribución de combustibles derivados del petróleo
- Inexistencia de trato discriminatorio y de desconocimiento de libertad económica
- Establecimiento por legislador de tratamiento tributario y fiscal más favorable que distribuye Ecopetrol
- Gobernadores podrán celebrar contratos de concesión con Ecopetrol para distribución de combustibles
- Regulaciones especiales económica y social para promoción del desarrollo en zonas fronterizas
- Contratación con Ecopetrol para distribución de combustibles derivados del petróleo en zonas fronterizas
- Límites
- Deber del legislador de realizar fomento, estímulo y promoción
- Programas de cooperación e integración
- Alcance de atribuciones del legislador
- Búsqueda por legislador de mejoramiento de condiciones sociales, económicas y culturales
- Definición
- Marco constitucional y legal
- Normas especiales en materias económicas y sociales tendientes a promover su desarrollo
- Promoción de programas de cooperación e integración económica y social
- Objetivos esenciales y justificación
- Norma legal no son excluyentes sino complementarias
- Normas expedidas
- Legislador no puede someterla a ningún plazo
- Promoción de programas de cooperación e integración económica y social en zonas fronterizas
- Facultades contractuales de gobernadores para equilibrio en distribución de combustibles
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 488de 1998.
Art 100.
Gobernadores de zonas fronterizas pueden contratar con ecopetrol distribucion de combustibles.
Exequible e inexequible el paragrafo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 488/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el artículo 100 de la Ley 488 de 1998, salvo su parágrafo que se declara INEXEQUIBLE.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.