Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de febrero de 2004Sala Plena

C-152 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jaime Alberto Nanclares Quintero

Tema · dato duro
Defensa Tecnica Y Material De Sindicado En Calidad De Abogado. Autorización Para Ejercer Profesión Aceptar Y Adelantar Su Propia Defensa Sin Necesidad De Apoderado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Defensa Tecnica Del Sindicado
  • Condicionamiento de facultad de ejercicio de propia defensa cuando se es abogado
  • Situación de debilidad manifiesta al asumir su propia defensa por ser abogado
  • Facultad de ejercicio propio cuando fuere abogado titulado y estuviere autorizado para ejercerlo
  • Protección de igualdad procesal de las partes ante asunción de propia defensa por condición de abogado
Defensa Tecnica
  • Derecho irrenunciable
  • Finalidad
Defensa Del Sindicado
  • Facultad para ejercer su propia defensa cuando fuere abogado titulado y estuviere autorizado para el ejercicio
Igualdad Procesal Y Defensa Tecnica Del Sindicado
  • Protección ante asunción de propia defensa por condición de abogado que exige intervención de apoderado por él escogido o de oficio
9 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el Art. 127 (parcial) de la Ley 600 de 2000, por medio de la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

El actor adujo que la disposición acusada, la cual establece que el sindicado que fuere abogado titulado y estuviere autorizado legalmente para ejercer la profesión puede ejercer su propia defensa en el proceso penal, es contraria al principio del debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política.

Ello, por exigir que el sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento.

Tras concluir que el cargo formulado resulta sin fundamento, la Sala Plena de la Corporación decidió declarar EXEQUIBLE la expresión acusada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 127Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 86Ley 600/00EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresión acusada, contenida en el artículo 127 de la Ley 600 de 2000, por el cargo examinado en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.