Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de abril de 1993Sala Plena

C-132 de 1993

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Pablo Galindo N.

Tema · dato duro
Estatuto Organico Del Sistema Financiero. Arts. 2.4.13.2.25 Y 2.4.13.4.4. Banco De Comercio Exterior. Control Fiscal. Inexequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2505/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 2505/91INEXEQUIBLE
Art. 2Decreto 1730/91INEXEQUIBLE
Art. 2Decreto 1730/91INEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. Declárase INEXEQUIBLE, por exceso en el uso de facultades extraordinarias, el artículo 2.4.13.2.25., adicionado al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 1730 de 1991) por el artículo 1º del Decreto 2505 de 1991, con excepción de la primera parte de su inciso 1º, que dice: "Una vez celebrado el contrato de que tratan los artículos 2.4.13.4.1. y siguientes de este Decreto, en el Banco del Comercio Exterior no habrá más bienes de la Nación que los aportes hechos por ésta al capital, los derechos que ellos confieran sobre el resto del patrimonio y los dividendos que puedan corresponderle", que se declara EXEQUIBLE.
  4. Segundo. Declárase INEXEQUIBLE, por la misma razón, el artículo 2.4.13.4.4., adicionado al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 1730 de 1991) por el artículo 1º del Decreto 2505 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.