C-034 de 2008
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Dario Angarita Medellin
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ineptitud sustantiva de la demanda respecto del cargo por violación del artículo 48 de la Constitución
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1122 de 2007 articulo 10 se hacen modificaciones en el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones.
Se modifica el articulo 204 de la ley 100 de 1993.
Monto y distribucion de las cotizaciones.<br>señala el demandante que la disposicion acusada vulnera los articulos 13 y 48 superiores, habida cuenta que el aumento de la cotizacion mensual del 12% al 12.5% establece un trato dicriminatorio para un grupo de afiliados al regimen contributivo del sistema de salud, como lo son los pensionados, quienes se ven afectados en su minimo vital frente a los trabajadores activos.
Del mismo modo puntualiza que tal medida resulta lesiva frente al poder adquisitivo de las mesadas pensionales, pues reducen estas un 0.5% adicional.<br>cosa juzgada respecto al cargo por presunta violacion del articulo 13 de la constitucion.
Cargo por presunta violacion del articulo 48 de la carta politica.<br>la corte encuentra que, frente al cargo formulado por presunta transgresion del derecho a la igualdad, existe cosa juzgada constitucional, pues en la sentencia c-1000 de 2007 la corporacion declaro exequible el articulo demandado.<br>de otra parte, en relacion con el señalamiento de la perdida del poder adquisitivo de las mesadas pensionales, se tiene que no se encuentra sustentado en razones suficientes y pertinentes para desvirtuar, siquiera minimamente, la presuncion de constitucionalidad que reposa sobre la norma demandada.<br>estarse a lo resuelto en la sentencia c-1000 de 2007 que declaro exequible el articulo 10 de la ley 1122 de 2007 respecto del cargo formulado por transgresion del articulo 13 de la constitucion.<br>inhibida respecto del cargo por violacion del articulo 48 de la constitucion.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1122/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-1000 de 2007 que declaro exequible el articulo 10 de la Ley 1122 de 2007 respecto del cargo formulado por vulneracion del articulo 13 de la Constitucion.
- Segundo. Declararse INHIBIDA respecto del cargo por violacion del articulo 48 de la Constitucion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.