DecretoDerogado
Decreto 1805 de 1994
por el cual se dictan disposiciones sobre la autorización y registro de cuentas corrientes de entidades públicas del orden nacional
18artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Entidad Pública Del Orden Nacional2Autorización Expresa De La Dirección Del Tesoro Nacional Para La Terminación Y Celebración De Contratos De Cuenta Corriente3Plazo De Los Depósitos En Cuentas Autorizadas4Autorización General Para La Celebración Y Terminación De Contratos De Cuenta Corriente Y De Ahorro De Entidades Públicas Del Orden Nacional5Criterios De Selección6Cuentas Autorizadas Y Cuentas Registradas7De Las Cuentas Autorizadas8Autorización Para La Celebración De Contratos De Cuenta Corriente9Autorización Para La Terminación De Contratos De Cuenta Corriente10Contratos De Cuenta Corriente De Caja Menor11Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1734Del Decreto 3046 De Diciembre 29 De 1989, Los Artículos 1º Y 2º Del Decreto 2771 De Noviembre 16 De 1990, El Decreto 1555 De 1992 Y El Decreto 1466 De 1994
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 35 de 1993, y en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 82 de la Ley 31 de 1989 y los artículos 44 literal II) y 57 del Decreto 2112 de 1992
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado