DecretoVigente
Decreto 1781 de 2001
por el cual se reglamenta el artículo 66 de la Ley 628 del 27 de diciembre de 2000.
15artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23La Suscripción Del Convenio De Reorganización Educativa Y El Giro De Los Recursos Para Financiar Faltantes Del Situado Fiscal Estará Sujeto Al Cumplimiento Por Parte De La Entidad Territorial De: A) Ejecución De Las Acciones De Reorganización Del Sector Educativo Establecidas En La Matriz De Seguimiento Al Plan De Reorganización, En Especial Las Metas Y Compromisos Acordados Para Ser Cumplidos En El Año 2001 Y Los Pendientes Del Segundo Semestre De 2000; B) Remisión Al Ministerio De Educación Nacional, Con Periodicidad Mensual De Los Informes De Ejecución De Los Recursos Del Situado Fiscal Y Del Convenio De Reorganización Educativa, Dentro De Los Diez (10) Primeros Días Del Mes Siguiente A La Ejecución; C) Remisión Al Ministerio De Educación Nacional De Los Actos Administrativos Que Sustentan Las Modificaciones Al Presupuesto De Distribución De Los Recursos Del Situado Fiscal4Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 15
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 66 de la Ley 628 de 2000, y
- Juan Manuel SantosEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Francisco José Lloreda MeraEl Ministro de Educación Nacional