Micelio

Artículo 9

Decreto 1781 de 2001 · por el cual se reglamenta el artículo 66 de la Ley 628 del 27 de diciembre de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los departamentos que hayan suscrito y adelanten procesos de reestructuración de pasivos conforme con la Ley 550 de 1999, podrán contar con apoyo financiero del Gobierno Nacional hasta del 100% del costo educativo asumido por el departamento. Dicho apoyo financiero servirá como base para la formulación de los escenarios financieros que los departamentos propongan a sus acreedores, teniendo en cuenta la evaluación que efectúe el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección de Apoyo Fiscal- sobre la consistencia y viabilidad del escenario de reestructuración.

Parágrafo

En el evento en que el departamento haya asumido costos por la prestación del servicio educativo y haya suscrito acuerdo o esté adelantando acuerdo de reestructuración, la Nación podrá rembolsar los gastos incurridos por la entidad siempre y cuando estos costos incidan en el desfinanciamiento del escenario financiero del acuerdo de reestructuración, y existan recursos disponibles para tal fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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