º . Los departamentos que hayan suscrito y adelanten procesos de reestructuración de pasivos conforme con la Ley 550 de 1999, podrán contar con apoyo financiero del Gobierno Nacional hasta del 100% del costo educativo asumido por el departamento. Dicho apoyo financiero servirá como base para la formulación de los escenarios financieros que los departamentos propongan a sus acreedores, teniendo en cuenta la evaluación que efectúe el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección de Apoyo Fiscal- sobre la consistencia y viabilidad del escenario de reestructuración.
En el evento en que el departamento haya asumido costos por la prestación del servicio educativo y haya suscrito acuerdo o esté adelantando acuerdo de reestructuración, la Nación podrá rembolsar los gastos incurridos por la entidad siempre y cuando estos costos incidan en el desfinanciamiento del escenario financiero del acuerdo de reestructuración, y existan recursos disponibles para tal fin.