DecretoDerogado
Decreto 1197 de 2000
por el cual se regula la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure.
22artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Zona De Régimen Aduanero Especial2Importación De Mercancías A La Zona De Régimen Aduanero Especial3Importación De Bienes De Capital, Maquinaria Y Equipos4Importación De Vehículos5Importadores6Declarantes7Declaración De Las Mercancías8Gravamen Arancelario Único9Cumplimiento De Formalidades Aduaneras A La Llegada Del Medio De Transporte10Documentos Soporte11Consumo Dentro De La Zona12Introducción De Mercancías13Envíos14Viajeros15Liquidación Y Pago Del Gravamen Único Ad Valorem16Artículo 1617Artículo 1718Facultades De Fiscalización Y Control19Artículo 1920Causales De Aprehensión Y Decomiso21Infracciones Aduaneras De Los Comerciantes De La Zona De Régimen Aduanero Especial22Artículo 22
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo de las Leyes 6ª de 1971, 7ª de 1991 y 9ª de 1991
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Angela María Orozco GómezLa Viceministra de Comercio Exterior, encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Comercio Exterior · encargado