º. Cumplimiento de formalidades aduaneras a la llegada del medio de transporte . El procedimiento de recepción y registro de los documentos de viaje en la Zona de Régimen Aduanero Especial será el siguiente
Aviso de llegada del medio de transporte : El arribo de los medios de transporte deberá ser informado por el transportador a las autoridades aduaneras con un mínimo de veinticuatro (24) horas de anticipación, si se trata de vía marítima y de tres (3) horas, sí se trata de vía aérea;
Arribo del medio de transporte : Los medios de transporte que lleguen a la Zona de Régimen Aduanero Especial sólo podrán arribar por los lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Entrega de los documentos de viaje: Los documentos de viaje deberán ser entregados por el transportador antes de que se inicie el descargue de la mercancía;
Justificación de excesos y faltantes : La justificación de excesos y faltantes se regirá por lo establecido en los artículos 99 y 100 del Decreto 2685 de 1999. Los transportadores que introduzcan mercancías a la zona, deberán inscribir sus naves ante la administración aduanera que tenga jurisdicción sobre el Puerto de Bahía Portete.