Micelio
DecretoVigente

Decreto 1431 de 1907

Por el cual se reglamenta la contabilidad de los caminos de herradura y carreteras nacionales

11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1Las Cuentas De Los Cajeros Contadores De Caminos Nacionales En Construcción, En Reparación Ó En Conservación Serán Llevadas Por El Sistema De Cargo Y Data, Conforme Á Las Siguientes Prescripciones: 1º2Las Herramientas, Útiles, Enseres Y Semovientes, Destinados Ó Comprados Para Cada Camino, Estarán Bajo La Custodia Y Responsabilidad De Los Administradores Contratistas, Á Quienes Serán Entregadas Por El Director Nacional De Obras Públicas En La Capital De La República, Y Fuera De Ella, Por Los Almacenistas De Cada Camino Ó Por El Empleado Á Quien El Director Nacional De Obras Públicas Delegue Expresamente Esta Facultad3En Los Lugares En Donde Haya Necesidad De Crear Depósito Ó Almacén De Herramientas, Útiles, Semovientes, Etc4La Cuenta De Herramientas, Útiles, Semovientes, Etc5Todas Las Cuentas De Manejo De Fondos Y De Herramientas, Semovientes, Etc6Las Cuentas Mensuales Constarán De Lo Siguiente: 1º7Cada Comprobante Y Cada Cuadro Deben Ser Formados Por Duplicado Con El Fin De Enviar Un Ejemplar Con La Cuenta Mensual Y Dejar Otro En El Archivo Del Almacén Ó Administración Ó Caja Del Camino Respectivo8Para Efectuar El Pago De Las Cuentas De Cobro Que Presenten Los Administradores Contratistas Por El Porcentaje Que Les Corresponde Según Sus Respectivos Contratos, Debe Tenerse En Cuenta Que Este Porcentaje Sólo Debe Cobrarse Sobre La Suma Invertida En Construcción Propiamente Dicha, Ó Sea Sobre El Total De Lo Invertido En Jornales Y Materiales9Los Precios De Los Jornales En Cada Localidad Se Fijarán De Acuerdo Con Los Que Paguen La Agricultura Y La Industria10Al Fin De Cada Año Ó Al Finalizarse O Suspenderse Por Cualquiera Causa La Obra, Los Libros Originales De La Cuenta Y Los Duplicados De Comprobantes Y Cuadros Deben Ser Enviados Á La Dirección Nacional De Obras Públicas Para Que Ésta Los Remita Á La Oficina Que Se Ocupe En El Examen De Estas Cuentas, Con El Objeto De Que Se Verifique La Confrontación Correspondiente Y Se Expida El Respectivo Finiquito Al Ser Fenecida La Cuenta General11Después De Que En La Dirección De Obras Públicas Se Tomen De Las Cuentas Rendidas Los Elementos Necesarios Para La Contabilidad, Pasarán A La Oficina De Cuentas De Especies Para Su Examen Y Fenecimiento
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Firmas