Micelio

Artículo 9

Los Precios De Los Jornales En Cada Localidad Se Fijarán De Acuerdo Con Los Que Paguen La Agricultura Y La Industria

Decreto 1431 de 1907 · Por el cual se reglamenta la contabilidad de los caminos de herradura y carreteras nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los precios de los jornales en cada localidad se fijarán de acuerdo con los que paguen la agricultura y la industria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1431 de 1907